Acata INE criterios sobre nulidad de votos para Margarita Zavala

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó, por unanimidad, reforzar la capacitación de los funcionarios de Mesas Directivas de Casilla (MDC) y Mesas de Escrutinio y Cómputo (MEC), a fin de considerar como votos nulos las marcas en el cuadro correspondiente a la ex candidata independiente a la Presidencia de la República, Margarita Ester Zavala Gómez del Campo.

Al acatar la Sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello, aseguró que las condiciones para votar de manera libre están dadas y exhortó a la ciudadanía para votar de manera simple.

“La mejor manera de garantizar que nuestro voto no estará sujeto a interpretaciones, es votar por un candidato y por un emblema. Votemos libre y votemos de manera sencilla”, subrayó.

Pidió cuidar el voto, “no nos expongamos como ciudadanos a que, por votar de una manera más compleja, nuestro voto eventualmente pueda ser considerado nulo” y así, facilitar el conteo a las y los ciudadanos que van a ser funcionarios de casilla  durante la elección.

En su intervención, el presidente de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral del INE, Marco A. Baños, explicó que “la emisión de un voto en el recuadro de Margarita Zavala debe ser considerado como un voto técnicamente nulo”. Es decir, que se trataría como si no existiese ese recuadro en el contexto de la boleta electoral.

La autoridad electoral determinó que las marcas que se realicen en el espacio correspondiente en la boleta a la antes candidata independiente a la Presidencia de la República, Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, constituye jurídicamente un espacio vacío o sin utilidad, en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del TEPJF.

Lo anterior implica que, si en la boleta solamente se realiza una marca en el cuadro de la candidatura cancelada y no existe una manifestación en el cuadro previsto para registrar las expresiones a favor de una “candidatura no registrada”, la boleta se considerará en blanco y por lo tanto el voto será nulo.

Por el contrario, si en la boleta se marca el emblema de Margarita Zavala y, además, se vota por una candidatura legalmente registrada, el voto será válido a favor de esta última.

En consecuencia, los votos emitidos en favor de Margarita Zavala deberán sumarse en el recuadro de votos nulos en los documentos que se utilizan el día de la Jornada Electoral y demás papelería electoral.

En otro punto de la sesión, la autoridad electoral aprobó por unanimidad nuevas medidas extraordinarias para que los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) en diversos estados de la República, cuenten con Supervisores Electorales (SE) y Capacitadores Asistentes Electorales (CAE) necesarios para atender las actividades de asistencia electoral en el presente proceso electoral.

Para tal efecto, el OPLE deberá presentar al Consejo Distrital correspondiente, el listado de ciudadanas y ciudadanos a designar para el desempeño de las funciones de asistencia electoral, acompañado de los expedientes y un informe sobre el método de reclutamiento de las personas propuestas.

Los aspirantes propuestos por el órgano electoral no deberán haber participado como representante de partido político o coalición en los últimos tres años, no ser militante de algún partido político, ni ser parte activa de ninguna campaña electoral.

Asimismo, pasarán por el proceso de capacitación que recibieron los supervisores y capacitadores electorales que actualmente se estén desempeñando en el Proceso Electoral 2017-2018. La contratación y todo tipo de relación administrativa será competencia del OPLE.

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