Rosy RAMALES
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) paró el gol de los comités de valuación de los tres Poderes de la Unión al dejar pasar candidaturas que incumplían con requisitos de elegibilidad, declarando la inelegibilidad de 45 candidaturas a cargos judiciales que no reunían los promedios exigidos por la Constitución.
Dicho de otro modo, paró un gol que le quería meter la 4-T. Más bien, grupos políticos de la 4-T. Porque la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo puede tener la mejor de las intenciones y la seguridad en la transparencia del proceso electoral judicial, pero el accionar del grupismo, es otra cosa; internamente se pintan solos en maniobras de todo tipo.
Al menos paró un gol, de muchos en la elección judicial.
La participación de candidaturas a magistraturas de Circuito y juzgados de Distrito que no cumplían con el promedio general de calificación de 8 en la Licenciatura en Derecho y de 9 en materias relativas a la especialidad para la cual se concursó, refleja la aviesa intención de colar personas afines, quizá no precisamente a la 4-T como tal, sino a grupos políticos internos.
O, en el mejor de los casos, refleja negligencia de los comités de evaluación, a los cuales, como harto se ha dicho, correspondió revisar los requisitos de elegibilidad antes de incorporar las candidaturas a las listas que el Senado remitió al INE.
En fin, consejerías y órganos técnicos del INE se tardaron en la revisión, pero valió la pena para la imagen del propio Instituto. Verificaron 847, 462 de personas electas para magistraturas de Circuito y 385 para juzgadoras de Distrito.
En magistraturas de Circuito, 3 candidaturas no cumplieron con el promedio general de 8 y 21 no cumplieron con el de 9. En cuanto a personas juzgadoras de Distrito, 6 candidaturas no cumplieron con el de 8 y 15 no cumplieron con el de 9.
Además, el Consejo General declaró inelegible la candidatura ganadora al cargo correspondiente al Distrito 2, especialidad mixta, en el circuito 7 de Veracruz, por falta relacionada a las 8 de 8.
Todas las candidaturas inelegibles ocasionaron que el INE declarara los cargos vacantes. Porque tampoco prosperó la propuesta de asignar tales cargos a las candidaturas en segundo lugar. Claro, no se trata de representación proporcional para hacer corrimientos, sino de una competencia de mayoría.
La vacancia es un tema a incluir en la reforma de la reforma electoral, en la cual las cámaras legislativas deben prever expresamente los supuestos para cubrir vacantes.
Ahora vienen las impugnaciones de quienes fueron declarados inelegibles. A ver qué dice el TEPJF, si sostienen o no la determinación del INE en cuanto a las candidaturas ganadoras declaradas inelegibles; debería sostenerla ante el innegable incumplimiento del promedio de calificación, salvo que acomode un criterio distinto.
NUEVAMENTE AGARRÓN
En esta última parte de la sesión ex profeso para la validación de las elecciones a los cargos judiciales, las consejerías nuevamente protagonizaron un agarrón…o de modo más sutil, nuevamente sacaron a relucir sus diferencias de criterio entre quienes estaban a favor de la validez y de no declarar la validez por el uso de ‘acordeones’.
Situación que despierta dudas sobre qué intereses se mueven en el INE.
Del grupo a favor de la validez, hay dos argumentos que llaman la atención, el de la consejera Rita Bell López Vences y el del consejero Uuc-kib Espadas; ella dijo que cuando revisaron las “anomalías” nunca se puso en la mesa la no validación, sino ésta postura se conoció hasta el día de la sesión “de manera sorpresiva”, y no existe persona o institución señalada de la distribución y difusión de los diferentes modelos de “acordeón”.
Y él consideró incongruente limpiar la elección excluyendo de los cómputos de las elecciones judiciales las casillas con irregularidades (el 1%), lo cual fue votado por unanimidad del Consejo General, y luego cuestionar la validez.
En el otro grupo, las consejeras Dania Ravel y Claudia Zavala, así como el consejero Arturo Castillo, sostuvieron sus argumentos de no declarar la validez sobre todo por el uso de acordeones, por presumible injerencia externa; incluso, Castillo aludió al gasto prohibido que implica el uso de éstos y el supuesto de nulidad correspondiente.
Pero la nulidad es tema del TEPJF.
Mientras, las elecciones a los distintos cargos judiciales quedan como válidas, aunque clavan la espina sobre su legitimidad.
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