TEEO confirmó validez de elección de San Juan Mazatlán, Mixe

El Pleno del Tribuna Estatal Electoral de Oaxaca resolvió el juicio electoral de los sistemas normativos internos JNI/18/2015, en el cual confirmó el acuerdo emitido por el Consejo General del IEEPCO, mediante el cual declaró la validez de la elección de concejales al ayuntamiento del municipio de San Juan Mazatlán, Mixe.

Y n el mismo sentido, Guillermina García Pérez, originaria de la agencia municipal General Felipe Ángeles, perteneciente a dicho municipio, promovió el expediente JNI/19/2015 por el cual impugnó presuntas violaciones a sus derechos político electorales de votar y ser votada, entre ellos que no se permitiera la participación de las mujeres, lo que, en el análisis del caso, los magistrados declararon infundado al observar que dentro de la planilla ganadora se incluye la participación de dos mujeres en distintos cargos.

En cuanto al Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano identificado como JDC/82/2015, promovido por Jorge Luis Rodríguez Galguera, en contra de actos del Presidente y de la Secretaría General del Comité Directivo Estatal y del Presidente de la Comisión de Justicia Partidaria del PRI, en la demanda el actor manifiesta como agravio la negativa y omisión de las autoridades responsables de dictar justicia pronta y expedita, respecto al Juicio para la Protección de los Derechos Partidarios del Militante ya que la autoridad intrapartidaria no ha tramitado dicha demanda.

Respecto al juicio anterior, el TEEO ordenó a la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del PRI resuelva el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos del Militante hechos valer por Rodríguez Galguera.

En el expediente JDC/92/2015, promovido por José Ángel Torres Elorza en contra del listado de propuestas definitivas para integrar los Consejos Distritales para el Proceso Electoral 2015-2016, emitido por la Comisión de Capacitación, Organización Electoral y Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, del IEEPCO, el Tribunal declaró fundado uno de los agravios presentados por Torres Elorza y ordenó a la citada Comisión para que se apegue al principio de legalidad y máxima publicidad dando a conocer al demandante los motivos por los cuales no fue considerado dentro de la lista.

También el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano JDC/80/2015, promovido por Medardo Cabrera Esquivel, en su carácter de militante del Partido Acción Nacional (PAN) en contra de actos de los integrantes de la Comisión Permanente del Consejo Nacional del PAN.

El promovente señala que la autoridad responsable se excedió de sus atribuciones y deberes al determinar la permanencia de la actual dirigencia estatal de este partido político; que se debe nombrar a un delegado especial encargado provisional del comité directivo en el despacho de los asuntos.

Respecto al juicio anterior, el TEEO declaró improcedente la demanda formulada por el actor y confirmó la sesión de cuatro de noviembre de dos mil quince de la Comisión Permanente Nacional del PAN y el acuerdo CPN/SG/149/2015.


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