Sala Superior revocó los lineamientos de paridad de género para el registro de candidaturas

REDACCIÓN

Después de una acalorada y larga discusión, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó los Lineamientos de Paridad de Género emitidos por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), y que serían aplicados en las 12 entidades federativas con elecciones este año, entre ellas Oaxaca.

Los magistrados argumentaron que el Consejo General del INE se excedió en su facultad de atracción y de reglamentación, y que no puede, mediante sus acuerdos, establecer acciones afirmativas ni ordenar dejar de aplicar leyes y constituciones locales.

La magistrada Carmen Alanís coincidió en el exceso de las facultades del Consejo General del INE; sin embargo, planteó que la Sala Superior pudiera modificar los Lineamientos, de modo tal de rescatar el esfuerzo hecho por el Instituto de garantizar la paridad de género. Pero los magistrados se opusieron y al final determinaron revocar el acuerdo generador de los Lineamientos.

No obstante, la magistrada y los magistrados dejaron claro a los OPLES que no por ello deben dejar de aplicar cabalmente la jurisprudencia y tesis tanto del TEPJ como de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (en este caso en relación a acciones de inconstitucionalidad), así como los tratados internacionales.

Laos magistrados dijeron que el Consejo General del INE no puede establecer acciones afirmativas, tales como que una mujer encabece la lista plurinominal cuando las posiciones sean impares, o que en registros impares el mayor número de distritos o municipios sean encabezados por mujeres.


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