La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Distrito Federal, mediante la cual sancionó al Partido Acción Nacional (PAN) por incumplir con la utilización del porcentaje de financiamiento público en actividades específicas para el fortalecimiento de liderazgos femeniles y juveniles del instituto político.
Al resolver el recurso SUP-JRC-008/2016, la Sala Superior señaló que el partido político incumplió con la obligación contenida en el artículo 222 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal, consistente en la obligación de canalizar recursos económicos para la promoción de la capacitación de liderazgos de mujeres y jóvenes.
La magistrada María del Carmen Alanis Figueroa votó a favor del proyecto al coincidir en la confirmación de la determinación del Tribunal Electoral del Distrito Federal en el sentido de dejar firme la suspensión del financiamiento público por el equivalente a ocho días de ministración correspondientes al ejercicio de 2013, que se traducen en un millón cuatrocientos veintinueve mil ciento veintidós pesos.
Alanis Figueroa señaló que la legislación vigente en aquel año obligaba a los partidos a destinar 3% de su financiamiento para la promoción de liderazgos femeninos y juveniles, de forma tal que, para justificar dicho gasto deben relacionarse de manera directa y exclusiva con la realización de eventos o la organización de alguna actividad específica, de modo que el pago de los salarios del personal adscrito a las áreas internas de los partidos resulta insuficiente para acreditar el cumplimiento de dicha obligación.
El magistrado Flavio Galván Rivera resaltó que el problema de la igualdad no es un problema de leyes, sino que es un problema de educación y convicción. “La igualdad debe formar parte de la educación que se imparte, que hombres y mujeres somos iguales, mientras no ocurra seguirá siendo un ideal esta igualdad”, añadió.
“Cuando menos en el ejercicio 2013 se creó, en el organigrama del partido político, la Secretaría de Promoción Política de la Mujer y de Acción Juvenil, pero no es suficiente que existan, no es suficiente que se tenga estructura y se paguen las remuneraciones correspondientes a quienes integran la Secretaría, es necesario demostrar, no con el discurso, que se cumple con la función constitucional y legal”, dijo.
Galván Rivera fue enfático al mencionar que se necesita demostrar con hechos el cumpliendo de la función constitucional y legal prevista a los partidos políticos, “si no se cumple esta parte fundamental no podemos hablar de manera sustantiva que existe igualdad de oportunidades para poder acceder a cargos de representación popular, a precandidaturas o a candidaturas en su momento. Que se haga realidad esa capacitación política de las mujeres, que se haga realidad la consolidación del liderazgo político de la mujer”.
En su oportunidad, el magistrado Pedro Esteban Penagos López manifestó que a golpe de sentencias se ha tenido que obligar a los partidos políticos a cumplir con lo estipulado por el marco jurídico y destinar el financiamiento para los objetivos concretos aprobados.
“No se trata de buscar antinomias, aquí el asunto es claro, el financiamiento público es específico y es para promover el liderazgo femenino y de los jóvenes y se debe destinar para el efecto precisado, para el efecto que se otorgó, no para sueldos de una Secretaría de la Mujer”, expresó.
Por su parte, el magistrado Salvador Nava Gomar recordó la obligatoriedad de los partidos políticos a destinar 3% de su financiamiento para actividades de promoción, capacitación y desarrollo de liderazgos políticos de mujeres y jóvenes.
“Es curioso que una norma prevista por el legislador, que proviene de los partidos políticos, sea incumplida por los propios partidos. En varios asuntos se han recibido alegatos en el sentido de que el argumento era que no cumplían con la norma, que no tenían cuadros políticos femeniles”, añadió.
El magistrado presidente, Constancio Carrasco Daza, destacó que desde hace dos décadas existe una regulación legal que exige a los partidos políticos promover la capacitación política de las mujeres; incluso, aclaró que el 2% del financiamiento público que recibe cada partido debe destinarse a ese propósito.
Si durante varios años los partidos han contado con un porcentaje específico del financiamiento para la capacitación política y siguen teniendo problemas en la integración paritaria de sus listas de candidaturas, advirtió, es porque las metas, programas y métodos de capacitación no han sido direccionados de manera adecuada, idónea y eficaz.
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