La SCJN garantizó el costo razonable del predial

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la decisión del Congreso de Yucatán para que el costo del impuesto predial fuera razonable y no afectara de manera desproporcionada a las personas habitantes de Mérida. En ese sentido, validó el artículo 46 de la Ley de Hacienda de dicho municipio que contiene las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones. 

La SCJN subrayó la necesidad de que cualquier actualización de los costos debe estar debidamente justificada y derivar de mesas de análisis entre el Congreso local y municipio para que coincidan con criterios objetivos y equitativos que beneficien a la población en general. 

Controversia Constitucional 11/2025, promovida por el Municipio de Mérida, Estado de Yucatán, en contra de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de dicho Estado, demandando la invalidez del artículo 46 de la Ley de Hacienda del mencionado municipio, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad el 30 de diciembre de 2024, mediante Decreto 29/2024. Resuelto en sesión de Pleno el 23 de septiembre de 2025.

(SCJN)


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