Por mandato de ley
Rosy RAMALES
Hay partidos políticos que han planteado que hombres encabecen su respectiva lista de candidaturas a las diputaciones plurinominales al Congreso del Estado de Oaxaca para las próximas elecciones.
Sin embargo, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca (LIPEEO) en su artículo 186, numeral 4, establece expresamente que dichas listas deben ser encabezadas por mujeres.
Primeramente la disposición indica las dos opciones en que los partidos políticos pueden realizar el registro de las candidaturas a las diputaciones locales por el principio de representación proporcional (plurinominales):
Una: Por listas de diecisiete candidaturas de propietarios y suplentes.
Dos: Por relaciones de hasta veinticinco candidaturas por el mismo principio, conformadas con los mismos candidatos y candidatas de mayoría relativa.
Pero “en ambos casos, los partidos políticos garantizarán la paridad entre los sexos, registrando en el primer lugar de la lista o relación, a una candidata mujer y subsecuentemente, alternando candidatos de uno y otro sexo hasta agotar la lista o relación.”