REDACCIÓN
En su sesión de este lunes, el pleno de la Suprema Corte de la Nación declaró la invalidez total el decreto 1290 publicado el nueve de julio del 2015, por el cual se expidió la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca (LIPPEO) recién aprobada por los diputados y diputadas “coalicionistas” en una sesión bifurcada que terminó en medio de nubes de gas lacrimógeno.
El Ministro ponente consideró haber existido violaciones al procedimiento legislativo para la aprobación de la LIPEEO, que violan los principios establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Dos de los Ministros, entre ellos el presidente de la Corte, calificaron como un “desaseo” el procedimiento de aprobación de la ley secundaria electoral del estado de Oaxaca por parte de la LXII legislatura local.
En la lectura del punto resolutivo del proyecto de sentencia, se argumentó la falta de la legalidad del procedimiento, pues no hay constancia de la convocatoria a la sesión legislativa y tampoco que se haya repartido el proyecto del decreto; además se cambió el lugar de la sala de sesiones, no se cumplió con el quórum y se violó el derecho de las minorías al debate.
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