El Pleno del Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca (TEEPJO) resolvió un juicio promovido por Guadalupe López García, en contra de la asamblea comunitaria de Santa Cruz Nexila, en la cual resultó electo como agente municipal Hilario Mayorga Juárez, en donde demandó, entre otras cosas, la prohibición a las mujeres de su derecho de votar y ser votadas.
En ese sentido, luego del análisis del asunto, la y los magistrados electorales concluyeron, de acuerdo a las actas correspondientes, que las mujeres sí son sufragistas activas en la comunidad en cuestión, y advirtieron que no existe impedimento para que sean electas en los diferentes cargos. Sin embargo, no se ha propiciado un diálogo con respecto a la libre determinación para que las mujeres participen en la vida democrática de la comunidad siendo electas de manera reiterada, ya que solo se ha acreditado la participación política de una mujer en el 2005, al cargo de alcaldesa.
Por lo anterior, el TEEPJO ordenó vincular al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPC-OPLEO), al Instituto de la Mujer Oaxaqueña y a la Secretaría de Asuntos Indígenas, para que con observancia en los principios de autonomía y libre determinación y con respeto al sistema normativo interno, a la perspectiva indígena y al pluralismo jurídico, se garantice la participación sustantiva de las mujeres.