Oaxaca de Juárez, Oaxaca, 28 de abril de 2016.
A LA OPINIÓN PÚBLICA
A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
A LOS MIEMBROS DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y SIMPATIZANTES,
AL PUEBLO EN GENERAL:
Por este medio hago uso del derecho de réplica que todos tenemos cuando emitimos una opinión pública, sobre todo en cuestiones de tipo político. El objetivo de hacer uso de este derecho es clarificar de manera objetiva lo que realmente sucedió con los fundamentos legales correspondientes en el caso de los cambios que realizó el Instituto Estatal Electoral Y de Participación Ciudadana de Oaxaca, referente a la paridad, concretamente en el caso del Partido Acción Nacional. Desde luego que acepto por mi formación haciendo uso de la tolerancia todas las críticas sobre el caso, con una gran voluntad; sin embargo por la misma grandeza de quienes cuestionan mi persona daré la respuesta correspondiente:
1. El consejo general del IEEPCO es un órgano colegiado que toma decisiones según su libre albedrío, mismo que no comparto en el tema que nos ocupa de paridad en virtud que como lo establece la Ley Electoral, todos los Partidos Políticos tenemos el derecho de audiencia, mismo que el Órgano Electoral en pleno no nos concedió dicho derecho dentro del término legal correspondiente.
2. El Registro de Candidatas y Candidatos a Diputados por el Principio de Mayoría Relativa y Representación Proporcional fue suscrita y rubricada por los CC. Víctor Manuel Cisneros Gonzáles y Ariel Orlando Morales Reyes, Representante Suplente del PAN y Representante Propietario del PRD respectivamente, documental que obra en original en el órgano electoral, mismo que puede ser consultado con la finalidad de ratificar mi dicho.
3. Cabe hacer mención que el Partido Acción Nacional, el cual honrosamente Represento cumplió cabalmente con la paridad de género, no lo fue así con el Partido de la Revolución Democrática, toda vez que ellos no cumplieron a cabalidad con dicha paridad, en consecuencia el ir en coalición y haciendo la sumatoria total de ambos partidos, recayó en mi partido solventar el error del PRD.
Todo lo anteriormente descrito es menester precisarlo ya que algunos actores políticos se aprovechan de las circunstancias para denostar de manera irresponsable sin tener conocimiento de lo que realmente sucedió; en esta tesitura en mi persona no existe responsabilidad alguna en dichos registros y me someto al escrutinio público. Ya que debemos de saber la fórmula de Propietario y Suplente en esta Representación ante el Órgano Electoral corresponde el ejercicio de las acciones a quien en turno suscribe de acuerdo a las circunstancias; habrá momentos en que esté cumpliendo la responsabilidad el Propietario y habrá circunstancias en donde lo realice el Suplente.
Agradeciendo de antemano sus consideraciones quedo de ustedes como su atento y seguro servidor
ATENTAMENTE:
“POR UNA PATRIA ORDENADA Y GENEROSA
Y UNA VIDA MEJOR Y MAS DIGNA PARA TODOS”
LIC. ALEJANDRO FACIO MARTÍNEZ.
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