Rosy RAMALES
En la sesión del viernes pasado del Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), en la cuenta del proyecto de sentencia de un recurso de apelación, se dijo:
“En lo concerniente a la elegibilidad del candidato Alejandro Avilés Álvarez, previo análisis de la credencial para votar, acta de nacimiento y constancia de residencia por él exhibidas, se considera que cuenta con una residencia efectiva en el estado de Oaxaca de veinteaños. De ahí que en artículo 68 fracción I de la Constitución Política Local, establece como requisito para ser candidato a gobernador contar con una residencia mínima efectiva de tres años, se concluye que dicho requisito se satisface de forma evidente, por lo que se proyecta declarar la elegibilidad del mencionado candidato…”
Eso ¿significa que Alejandro Avilés, candidato común del PRI-PRD a la gubernatura de Oaxaca, no nació en este estado?
El artículo 68, en su fracción I, de la Constitución Local, establece que para ser gobernadora o gobernador se requiere: “Ser mexicana o mexicano por nacimiento y nativa o nativo del Estado o vecino con residencia efectiva no menor de tres años inmediatamente anteriores al día de los comicios.”
Entonces, si la persona candidata nació en Oaxaca, ¿para qué revisar su residencia efectiva en el estado? A menos de que la hubiese perdido por ausencia, pero es un hecho notorio que Alejandro Avilés ha residido en la entidad oaxaqueña desde hace muchos años.
Si mal no recordamos, en el sexenio de Diódoro Carrasco Altamirano (entonces gobernador emando de las filas priistas), Jorge Bustamante García era el titular de la Secretaría de Administración, dependencia donde Alejandro Avilés desempeñó un cargo público. Hace entonces entre 24 y 30 años.
Retomando el tema: ¿Alejandro Avilés es o no nativo del estado de Oaxaca? Pues él siempre ha dicho haber nacido en el municipio de Cosolapa, Oaxaca, en la Cuenca del Papaloapam. De ser así, entonces sí es nativo.
Sin embargo, ese párrafito del proyecto de sentencia del TEEO (donde se avaló la elegibilidad de Alejandro Avilés) clavó la duda. Revisamos entonces el acuerdo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) de aprobación de candidaturas, y solo dice de manera general que éstas (todas) cumplen los requisitos de elegibilidad.
Por eso, según parece, el Partido del Trabajo (PT) impugnó dicho acuerdo, pues entre otros puntos, quería saber cómo se probó la elegibilidad de Avilés Álvarez.
Entonces, ¿es elegible o no es elegible?
Sí lo es. Alejandro Avilés cumple con la residencia efectiva exigida por la ley: 3 años como mínimo. Y él, según el TEEO, tiene 20 años de residir en Oaxaca. A menos de que viva en Oaxaca, pero su residencia efectiva la tenga en otro lugar; que vaya o venga; puede pasar. Pero sí reside aquí, es un hecho notorio y ya lo probó el Tribunal conforme su resolución.
En fin, Alejandro Avilés Álvarez cumple con la residencia efectiva y por tanto cumple con uno de los dos requisitos exigidos por la Constitución Local para poder ser elegible.
Pero Alejandro Avilés Álvarez no nació en Oaxaca; su acta de nacimiento dice que nació en Tezonapa, Veracruz, a menos de que esta acta sea falsa:

No habría dudas, si el acuerdo del IEEPCO fuese claro. La integración del Consejo General es prácticamente nueva, pero siguen haciendo lo mismo de antes: Acuerdos generales, cuando pueden hacer uno por cada candidatura para describir todos y cada uno de los requisitos de elegibilidad, relacionándolos con los documentos probatorios.
Vaya, la mayoría no es información reservada. La ciudadanía tiene derecho a saber, fecha y lugar de nacimiento de las personas candidatas, cómo probaron el modo honesto de vivir, si tenían cargo público y se separaron con la oportunidad requerida, etc.
¿Por qué hacer cosas buenas qué parecen malas? Si se hace un acuerdo general, sin detallar la confrontación de documentos, genera dudas sobre el actuar de la autoridad electoral; como si estuviese ocultando información.
En fin, a pesar de que su acta de nacimiento dice que no nació en Oaxaca, Alejandro Avilés tiene todo el derecho para ser candidato a la gubernatura de Oaxaca; incluso, quizá conozca esta entidad más que otras personas candidatas.
Lo cuestionable es: ¿Por qué no decir el lugar dónde se nació? ¿O el lugar donde fue registrado? Porque puede suceder que haya nacido en Cosolapa y registrado en Tezonapa; de lo cual también debe haber documentos. ¿Y
Incluso, en un video Alejandro Avilés asegura haber nacido en Cosolapa.
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Correo: rosyrama@hotmail.com
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