CRÓNICA EXPRÉS: ¿Cuáles son los requisitos y procedimiento para ser Fiscal General?

Rosy RAMALES

Aunque ya se sabe quién podría ser el nuevo Fiscal General del Estado de Oaxaca, hay requisitos y un procedimiento a cumplir. Es la formalidad a observar, caso contrario, cualquier designación se cae.

La Constitución Política exige los siguientes requisitos para el cargo de Fiscal: Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles, tener cuando menos 35 años cumplidos el día de su designación, contar con antigüedad mínima de diez años con título profesional de Licenciado en Derecho, gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso.

Ups, no exige cédula profesional, solo título.

En cuanto al procedimiento señala que a partir de la ausencia definitiva del Fiscal, el Congreso del Estado contará con 20 días para integrar una lista de al menos diez candidatos al cargo, aprobada por las dos terceras partes de los diputados presentes, la cual enviará al gobernador.

(¿Días naturales o hábiles…parece que días naturales)

Recibida dicha lista, dentro de los diez días siguientes el gobernador formulará una terna y la enviará a la consideración del Congreso.

Luego el Congreso, con base en la terna y previa comparecencia de las personas propuestas, designará al Fiscal General con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes dentro del plazo de diez días.

¡No exige mayoría calificada, solo simple!

Y hasta ahí en caso de no presentarse ningún problema.

Pero si el gobernador no recibe la lista de al menos diez candidat@s, entonces enviará libremente al Congreso una terna y designará provisionalmente al Fiscal General, quien ejercerá sus funciones hasta en tanto se realice la designación definitiva conforme a lo establecido en la norma constitucional.

Otra hipótesis: Si el gobernador no envía la terna, el Congreso tendrá diez días para designar al Fiscal de entre los candidatos de la lista de al menos diez, mismo que será designado por el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes.

Y si el Congreso no hace la designación en los plazos que se establecen o rechaza la terna, el gobernador designará al Fiscal de entre los candidatos que integran la lista o, en su caso, la terna respectiva.

Tan-tan. Así, grosso modo es el procedimiento para designar Fiscal General del Estado de Oaxaca para una duración en el cargo de siete años.

¡Rubén Vasconcelos Méndez solamente duró casi cuatro años; fue designado el 12 de mayo de 2017 por 39 votos a favor!

Tanto buscar el cargo para no cumplir con el periodo.

Quizá la complejidad del cargo, cansa; ha de ser muy difícil procurar justicia sin un presupuesto adecuado y sin una real autonomía (aunque la Constitución la otorgue); además de estar expuesto a toda clase de riesgos.

La Legislatura del Congreso del Estado debería reformar la Constitución para reducir el periodo a cuatro años y modificar el procedimiento, por ejemplo, que la designación sea directa por la Cámara de Diputados por insaculación (azar) de entre una lista de al menos diez candidatas y candidatos idóneos previamente seleccionados mediante convocatoria pública.

Por cierto, el procedimiento actual no prevé emitir una convocatoria, pero el Congreso debe emitirla; caso contrario se corre el riesgo de que cualquier persona impugne porque no se enteró y, por consiguiente, se afectó su derecho de participar en el proceso de designación.

Cabe la posibilidad; igual y no.

¿O cómo conformarán la lista de al menos diez candidaturas? ¿Son propuestas directas de las y los diputados?

Si mal no recordamos, cuando la designación de Rubén Vasconcelos hubo convocatoria.

En fin, el Congreso debe cumplir la formalidad aunque ya sea un secreto a voces quién podría ser el nuevo Fiscal General del Estado de Oaxaca: Arturo Peimbert Calvo.

Es el acuerdo, dicen los que saben de estos temas.

Ah…en la sesión de mañana miércoles la Legislatura dará entrada a la renuncia de Rubén Vasconcelos Méndez como Fiscal General del Estado de Oaxaca.

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Correo: rosyrama@hotmail.com

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