*.- El hombre centauro del IEEPCO
Rosy RAMALES
Convocar a elecciones es la esencia del inicio de un proceso electoral, es la razón de instalar la sesión del Consejo General Electoral para arrancar la primera etapa del proceso electoral, que es la preparación de las elecciones.
Entonces, sin convocatoria, ¿qué se prepara?
Sin embargo, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) ayer declaró el inició del Proceso Electoral Ordinario 2015-2016 para las elecciones de Gobernador, diputados por ambos principios y concejales a los ayuntamientos. Pero sin convocar a las elecciones.
¿La razón? Porque tampoco aprobaron el calendario electoral ante la modificación derivada de la invalidación de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Oaxaca (LIPEEO). Y el proyecto de Convocatoria traía plazos necesarios de ajustar, entonces decidieron convocar a elecciones hasta el sábado, mientras representantes partidistas y consejeros (as) electorales se reúnen este viernes para revisar el calendario y ajustar plazos.
¿De veras?
Miren, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez de la LIPEEO el lunes pasado. Tuvieron tres días para realizar los ajustes. Les daba tiempo. Incluso, desde el jueves anterior el pleno de la Corte dio cuenta con el proyecto de sentencia; o sea, desde la semana pasada sabían del inminente revés. Los Ministros se veían muy enojados por el cochinero legislativo.
¿No dio tiempo de elaborar el calendario y la convocatoria con los plazos señalados en la normatividad aplicable? Entonces, ¿con qué documentos llegaron a la sesión de instalación? ¿Con hojas en blanco? Parece más bien que los partidos quieren ajustar los plazos a sus intereses electorales. ¿O no es así?
Y los partidos políticos no son los únicos actores electorales en el proceso.
EL HOMBRE CENTAURO DEL IEEPCO… Y EL FONDO
Con el pie izquierdo entró al proceso electoral el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), a causa de la invalidación de la Ley Electoral. Pero también por los apetitos políticos y económicos, en una plaza donde los intereses sucesorios acechan el control del arbitro. ¿O ya está controlado?
La falta de certeza jurídica atrapó al Consejo General desde el primer momento. Previo a la sesión de inicio del proceso electoral, el Consejo sesionó para nombrar a un funcionario centauro: Mitad Secretario General y mitad Secretario Ejecutivo, y solo con el rango de encargado del despacho en ambas funciones, hasta en tanto nombren en definitiva al primero
¿Y eso? Porque Oaxaca se quedó sin Ley Electoral, donde el IEEPCO tenía un Secretario Ejecutivo que a la vez lo era del Consejo General. Y el viejo Código, cuya vigencia renació con la invalidación de la Ley, habla de Secretario General en ambos casos. Entonces, la autoridad electoral debía solucionar este problema.
Recayó el nombramiento en Francisco Osorio Rojas, comodín “orgánico” cuando chocan los intereses entre consejeros o entre éstos y los representantes partidistas. Lo sacaron del escritorio donde lo arrumban cuando en “consenso” encuentran al idóneo.
¿Y por qué no Ángel Rafael Díaz Ortiz, a quien hace algunos días el Congreso del Estado había nombrado Secretario Ejecutivo del IEEPCO, fungiendo a la vez como Secretario Ejecutivo del Consejo General, en acatamiento de la Ley? La Ley que fue invalidada. ¿Por qué no?
Ahí empieza a oler a juego de intereses. Amén de la necesidad de adecuar la estructura del IEEPCO conforme al marco normativo aplicable en sustitución de la Ley invalidada, lo cual conlleva el riesgo de la equivocación por parte de los consejeros y consejeras electorales, y es entendible ante la situación de complejidad jurídica.
Pero ¿por qué no Ángel en vez de Paquito? Hay tres versiones:
Una: Porque Ángel despertó los celos de consejeros electorales debido a sus conocimientos y ya no lo respaldaron para permanecer.
Dos: Porque Ángel se confrontó con los diputados locales al negarse en principio a la instalación del Consejo Estatal Indígena, y mejor se hizo a un lado para evitar el desquite de los legisladores regateando el presupuesto al IEEPCO. Ups. ¡Qué grave!
Tres: Porque Ángel será nombrado encargado de la Dirección General del IEEPCO, la cual existe en el resucitado Código Electoral. Había dejado de existir al nacer la LIPPEO.
¿Cuál de las tres versiones es la cierta? Solo ellos lo saben. Pero el fondo puede ser que lo realmente en juego es el control de la representación legal del IEEPCO y el presupuesto?
El viejo Código le da la representación legal al Director General, así como la facultad del control presupuestal. Y las Ley invalidada se la daba al Secretario Ejecutivo del IEEPCO, que a la vez lo era del Consejo General.
Entonces, si Paco es el Secretario General encargado y facultado para actuar como Secretario Ejecutivo (encargado) del Consejo General, pues entonces ¡todo está arreglado!: En éste último cargo solo hará la lectura del Orden del Día y le soplará al oído a Gustavo Meixueiro quien, sin Paco o sin Ángel a lado, sufre la gota gorda en las sesiones.
Así, Gustavo moverá del Consejo General a la Dirección General a Ángel, una de sus pieza claves. ¿O no es así? Lo veremos en próximos días. Si Ángel ya no es visto por el IEEPCO será porque agarró sus maletas y se fue a su casa al Distrito Federal. Caso contrario, el juego de intereses se confirmaría.
Igual y los consejeros le impiden asumir cualquier cargo en el IEEPCO. Igual también existe otro juego de intereses.
Por cierto, tres consejeros electorales votaron a favor de nombrar al funcionario centauro considerando estar fuera de la normatividad.
¿DE MANERA CURIOSA?
¡Qué bárbaros! ¡Qué mal quedaron los consejeros y consejeras del Consejo General del IEEPCO con la resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por el cual les ordenó otorgar el registro al “Consejo Indígena del Sureste A.C.” como partido político local con la denominación “Renovación Social”.
El Magistrado ponente dijo que, después de un dictamen donde se daban por cumplidos los requisitos para la constitución de un partido político, “se ordenó un segundo dictamen de manera curiosa”. ¡De manera curiosa! ¿Qué habrá querido decir? ¿Mal, incorrecto, innecesario, irregular? Solo el Magistrado y los consejeros y consejeras lo saben.
Eso sí, el Magistrado hizo mucho énfasis en que en el primer procedimiento se revisaron 25 cajas y 15 CDs, con el expediente y afiliados. Pero en el segundo procedimiento, realizado por los nuevos consejeros y consejeras, solo se revisaron ¡20 cajas! ¡Que algunas cajas se quemaron por la CNTE!
“Qué tragedia y qué lamentable”, manifestó el Magistrado verdaderamente alarmado quien sabe si por la destrucción de las cajas o porque el Consejo General del IEEPCO negó el registro a pesar de dicha tragedia. La cosa es que esta autoridad argumentó que el “Consejo Indígena del Sureste” no reunía los requisitos para constituirse como partido político.
Y, ¡zaz!, vino el revés ganado a pulso por los consejeros y consejeras electorales porque echaron para atrás lo hecho por el anterior Director de Prerrogativas y Partidos Políticos, Gelacio Morga, y hasta lo acusaron públicamente de quien sabe cuántas cosas. Estaban casi recién estrenados como OPLE y venían con un aire de rectitud y transparencia que pronto se diluyó. Ahora ya nadie les cree, menos con su consultita patito.
En fin, ojalá enmienden su actitud porque el proceso electoral que ha iniciado no son enchiladas, es el proceso cuyo resultado decidirá el destino de Oaxaca.
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Correo: rosyrama@hotmail.com