CRÓNICA POLÍTICA: El reto del PAN a Morena

Rosy RAMALES

Como saben, hace algunos días el dirigente nacional del PAN, Jorge Romero Herrera, retó a Morena a combatir la infiltración del crimen organizado en las elecciones. Cosa que sonó a indirecta bastante directa. Dijo:

Se los pregunta Acción Nacional y estoy seguro de que millones de mexicanas y mexicanos a Morena: Quieren una reforma electoral, ¿están dispuestos a que pierda el registro como partido político cualquiera que se haya financiado con el crimen organizado? ¿Están dispuestos a que se anule una elección si se comprueba dinero ilícito?”

Aunque de hecho desde la reforma de 2014 se establecieron reglas constitucionales y legales para anular elecciones y cancelar el registro de partidos políticos por situaciones ilícitas e incumplimiento de obligaciones de fiscalización.

En la Constitución Política se ordenó un sistema de nulidades de las elecciones federales o locales por “violaciones graves, dolosas y determinantes”, en los siguientes casos: “Se exceda el gasto de campaña en un 5% del monto total autorizado; se compre o adquiera cobertura informativa o tiempos en radio y televisión fuera de los supuestos previstos en la ley; y se reciban o utilicen recursos de procedencia ilícita o recursos públicos en las campañas”.

Y el crimen organizado es una fuente de financiamiento ilícita. 

Luego en la ley secundaria se estableció como sanción: La cancelación del registro como partido político, en los casos de graves y reiteradas conductas violatorias de la Constitución y de (la) Ley, especialmente en cuanto a sus obligaciones en materia de origen y destino de sus recursos.” 

Mientras que una de las causas de pérdida del registro como partido político es la siguiente: “Incumplir de manera grave y sistemática a juicio del Consejo General del Instituto o de los Organismos Públicos Locales, según sea el caso, las obligaciones que le señala la normatividad electoral”. ¿Qué puede ser? Por ejemplo, la obligación de sostener actividades solo con el financiamiento público y el privado autorizado, no con recursos de procedencia ilícita.

Ahí están las normas. ¿Se aplican? Algunas sí, otras no, y a veces las autoridades electorales se quedan en el intento. Porque tanto el Consejo General del INE como los tribunales electorales son órganos colegiados, entonces no siempre hay unanimidad o por lo menos mayoría de votos para aplicar las sanciones o anular una elección, según corresponda.

Pupulan los casos en los cuales la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha dado revés a acuerdos del INE en materia de fiscalización de recursos. El Instituto tampoco es la Madre Teresa de Calcuta frente a casos gordos bajo el argumento de la “falta de dientes” para ir a fondo ante sospechas de recursos ilícitos en campañas. 

En parte tiene razón, porque las normas son ambiguas, poco claras, a veces contradictorias y en ocasiones la actualización de los supuestos jurídicos exigen una serie de condiciones complejas. Por ejemplo, las hipótesis constitucionales para anular una elección requieren que las “violaciones” a ésta se acrediten “de manera objetiva y material”, y “se presumirá que son determinantes cuando la diferencia entre la votación obtenida entre el primero y el segundo lugar sea menor al cinco por ciento”.

Ah, pero en la reciente historia electoral del país hubo algún momento en que en la Sala Superior del TEPJF se dijo que no el 5% cerrado, sino permitieron el 5.1 y más. 

El derecho electoral se deja mucho a la interpretación de las autoridades electorales competentes; llega al “que tanto es tantito”,  incluso a nivel de jurisprudencia. 

Hay infinidad de obstáculos para que la autoridad electoral competente determine la infiltración del crimen organizado en las elecciones sancionando el uso de recursos ilícitos con la nulidad comicial o con la cancelación o pérdida del registro como partido político.

El mayor problema está en la fiscalización. Incluso, el INE muchas veces resuelve hasta dos años después. Y ya para qué.

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rosyrama@hotmail.com


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