*.- Consulta a modo.
*.- Tiene razón Marroquín.
Rosy RAMALES
Obligado por la presión social encabezada por el pintor Francisco Toledo, el gobernador Gabino Cué Monteagudo solicitó al Organismo Público Local Electoral (OPLE) realizar una “Consulta Ciudadana” sobre “la procedencia o no de la construcción del Centro Cultura y de Convenciones de Oaxaca”.
Pero esa generosa figura jurídica no existe en la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Oaxaca, ésta solo contiene el plebiscito, el referéndum, la revocación del mandato, el cabildo en sesión abierta, la audiencia pública y los consejos consultivos ciudadanos; salvo esta tres últimas, las demás figuras son imposibles de aplicarse por su alto contenido de candados. Y eso que fue una ley, con su correspondiente base constitucional, promovida y cacareada por Cué como uno de los primeros aciertos del gobierno de la “transición democrática”.
Sin embargo, las consejeras y los consejeros de Consejo General del OPLE, denominado Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), sin chistar le aprobaron a Cué su solicitud. Solo uno chistó y hasta votó en contra: Gerardo García Marroquín, quien argumentó la inexistencia de la Consulta en la Ley de Participación Ciudadana, e invocó el principio de legalidad en cuanto a que la autoridad solo puede hacer aquello para lo cual la ley la faculta.
Los demás, con esmero, avalaron el proyecto de acuerdo en el cual fundamentan la solicitud de Cué en el último párrafo del artículo 1 de la citada Ley de Participación Ciudadana, que establece que” la regulación de los mecanismos previstos en esa Ley, no impedirá el desarrollo de otras formas de participación ciudadana en la vida política, económica, social y cultural del Estado o del Municipio, ni el ejercicio de otros derechos ciudadanos previstos en otros ordenamientos.”
¡Previstos en otros ordenamientos! ¿Dónde estará prevista la “Consulta Ciudadana”? ¿De manera análoga se referirán a la Consulta Popular establecida en la Ley Federal ex profeso? Ups.
El espíritu de la Consulta Popular es garantizar el derecho de las ciudadanas y de los ciudadanos de opinar respecto de un temas de trascendencia nacional y, en caso de reunirse el umbral de participación exigido legalmente, vincular, obligar, a los poderes Ejecutivo o Legislativo a tomar las determinaciones correspondientes a partir del mandato del pueblo expresado en la consulta.
Análogamente, la “Consulta Ciudadana” procedería para temas de trascendencia estatal, en todo caso, tendría que haber un umbral de participación y el resultado debería vincular al titular del Ejecutivo estatal.
Sin embargo, tema de la construcción del Centro Cultural y de Convenciones es un tema municipal, según se desprende del mismo proyecto de acuerdo donde desde el encabezado se alude a “organizar” la “Consulta Ciudadana” en el “municipio de Oaxaca de Juárez”.
Y todavía las consejeras y los consejeros electorales “consideran necesario” que la solicitud de Cué sea complementada con otros datos como “el ámbito territorial en el que se llevará a cabo la consulta”. ¿Leerían a conciencia lo que aprobaron?
Los otros datos a complementar son: El objeto de la Consulta Ciudadana, las propuestas que serán consultadas a la ciudadanía, el universo de ciudadanas y ciudadanos a quienes va dirigida la consulta y que podrán participar en la misma, y la fecha en que se solicita se realice.
¿Se dan cuenta? ¡Las consejeras y los consejeros electorales le aprobaron a Cué su solicitud para realizar dicha consulta sin saber siquiera el objeto de la misma, ni el umbral, ni nada! Si fuese una aplicación por analogía, la Consulta Popular exige como mínimo el 40% de participación de la Lista Nominal de Electores para que tenga efectos vinculatorios.
Y el resultado de la “Consulta Ciudadana” que organizará el IEEPCO no será vinculatorio. Entonces, ¿tendrá algún caso realizarla?
Más bien parece una consulta a modo a las necesidades de los intereses que están atrás de la construcción del Centro Cultural y de Convenciones de Oaxaca en el Cerro del Fortín, donde se yergue el Hotel Victoria, de cuya empresa es socio el Secretario de Turismo y Desarrollo Económico, José Zorrilla de San Martín Diego.
Caray, la obviedad convierte en malas las cosas buenas.
En lo personal, me gusta la idea de la construcción del Centro Cultural y de Convenciones en el Cerro del Fortín. Así que votaría a favor, porque además es un espacio muy necesario en una ciudad eminentemente turística. Sin embargo, cuando la obviedad pone bajo sospecha un gran interés económico, incluso superior al de Zorrilla, pues se le quitan a uno las ganas de votar a favor. ¿Pues de qué tamaño son esos intereses que hasta convencieron tan fácilmente a los del OPLE a realizar una consulta inventada?
Por cierto, el proyecto de acuerdo aprobado por las consejeras y consejeros electorales no alude al Cerro del Fortín, solamente refiere la construcción del Centro Cultural y de Convenciones de Oaxaca. ¿Cómo vendrá la pregunta? ¿Así, abierta? ¿O con especificación del lugar de la construcción? Porque la Litis es precisamente el lugar.
Ahora bien, cabe preguntar: ¿Será calificada la constitucionalidad de la pregunta materia de la “Consulta Ciudadana”? ¿Por la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Estado o por la Suprema Corte de Justicia de la Nación? El Consejero Presidente del Consejo General del IEEPCO, Gustavo Meixueiro Nájera, en entrevista, escuetamente dijo que la Comisión Permanente correspondiente de consejeros revisará lo relativo a la pregunta. Ups.
Por donde se vea, parece una “Consulta Ciudadana” para darle gusto a gobernador. Pregunta: ¿Si el maestro Francisco Toledo hubiese solicitado la consulta, las consejeras y los consejeros electorales también le hubiesen dado gusto con tanto esmero?
TIENE RAZÓN MARROQUÍN
De las pocas veces que ha actuado con sensatez, el consejero Gerardo García Marroquín votó en contra de la solicitud de Cué para que el IEEPCO realice la “Consulta Ciudadana” sobre la construcción del Centro de Convenciones de Oaxaca, pues la figura es inexistente legalmente.
Y si bien la Ley de Participación Ciudadana de Oaxaca invoca la posibilidad de aplicar otras figuras, éstas deben estar en “otros ordenamientos”, no figuras inventadas. Y tal vez los inventos serían válidos desde el punto de vista de ejercicios de construcción de ciudadanía; sin embargo, se corre el riesgo de desalentar el ánimo ciudadano cuando su opinión tiende solamente a legitimar acciones de gobierno sin que su opinión sea vinculante.
Lo ideal, como bien dijo Marroquín, sería emplear la figura del plebiscito, cuyo finalidad es someter a consulta determinaciones administrativas. Empero, solo procede a solicitud de “al menos las dos terceras partes de los integrantes del Congreso o el veinte por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores del Estado.”
La disposición constitucional no considera al Ejecutivo como peticionario del plebiscito, el cual tiene dos tiempos para poder realizarse: En el proceso electoral inmediato o en los seis meses posteriores a la certificación del cumplimiento de los requisitos.
Por cierto, la “Consulta Popular”, establecida en la Ley Federal ex profeso, tiene lugar el mismo día de la jornada electoral siguiente. En una forzadísima analogía, tendría que operar igual la “Consulta Ciudadana”; sin embargo, dicen que tentativamente sería día cuatro de octubre próximo. ¡Cuatro días antes del inicio del proceso electoral local!
¿Se imaginan que el tema del Centro Cultural se convierta en polvorín previo al arranque de la contienda electoral?
Caray, la mayoría de las consejeras y de los consejeros electorales están más preocupados por complacer a Cué, que en la organización del proceso electoral.
Claro, es necesario consultar a las ciudadanas y ciudadanos sobre la construcción del Centro Cultural y de Convenciones de Oaxaca, porque tampoco se trata de darle gusto a intereses de falsos luchadores sociales como Flavio Sosa, pero mediante consultas reales y vinculantes.
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Correo: rosyrama@hotmail.com
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