Rosy RAMALES
Por una mayoría de 6 votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) finalmente validó la reforma a la Constitución Política de Oaxaca que reduce de 6 a 2 años el periodo de la próxima gubernatura a efecto de homologar las tres elecciones locales con las federales.
La reducción será por única ocasión. Así que en el 2028 la ciudadanía oaxaqueña elegirá gobernador o gobernadora de dos años, salvo que antes del inicio del proceso electoral correspondiente, la actual Legislatura del Congreso del Estado vuelva a reformar la Constitución para mantener separada la elección de la gubernatura.
Mientras, la gubernatura de dos años va. Ya en lo sucesivo (después del 2028), sería de seis, que es el periodo republicano.
Los ministros Juan Luis González Alcántara, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Javier Laynez Potisek, así como la ministra Yasmín Esquivel Mossa y la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández, votaron en contra del proyecto de sentencia de la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, quien proponía la invalidez de la reforma, porque a su juicio ésta afecta a las mujeres al caber la posibilidad de que una mujer sea la gobernadora de Oaxaca en el 2028, máxime que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sugirió la paridad sustantiva para la elección siguiente a la del 2022.
Pero las y los ministros que votaron en contra de la propuesta de Ríos Farjat, argumentaron –y argumentaron bien— que tal situación es incierta, por tanto no podían tomar una decisión adelantándose a la voluntad de la ciudadanía oaxaqueña; que la reforma es totalmente abstracta y acorde con lo dispuesto en la Constitución Política General, la cual permite la homologación de las tres elecciones: Gubernatura, diputaciones locales y ayuntamientos.
Y como bien dijeron, no se trataba de revisar una reforma sobre la alternancia de género, sino solamente si la reforma se apega a la Constitución General. Y sí se apega.
Vaya, independientemente de que pudiera existir una “categoría sospechosa” en la reforma para que una mujer gobierne dos años y no seis, la reforma es constitucional porque no contraviene lo establecido en la Carta Magna General en cuanto a la validez de homologar las tres elecciones.
Literalmente, la reforma es neutra. Y la paridad y alternancia de género, se cuecen aparte; hacerlas cumplir cae más en la cancha de la Sala Superior del TEPJF.
Además, imponer a los partidos políticos la postulación de una mujer a la gubernatura, también tiene que ver con criterios de competitividad, los cuales dependen en mucho de estadísticas de resultados electorales, circunstancias y condiciones políticas.
En fin, por lo pronto va la gubernatura de dos años.
Y como bien dijo un usuario de la Red X, la decisión de la Corte puede desatar las fiebres sucesorias.