Rosy RAMALES
Qué mala onda la postura de la mayoría de magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral de la Federación (TEPJF) que no defendieron a las consejerías del INE perseguidas por el Órgano Interno de Control del propio Instituto mediante procedimiento promovido en su momento por el representante de Morena, Sergio Gutiérrez Luna.
Según esa mayoría, en la cual se encuentra, por supuesto, el magistrado ponente Felipe Fuentes Barrera, el acto del cual se acusa a las consejerías cae en el ámbito administrativo. Mientras que las magistradas Janine Otálora Malassis y sorprendentemente la misma presidenta de la Sala, Mónica Soto Fregoso, consideraron que cae en el ámbito electoral.
¿Y cuál es ese acto? Haber votado por suspender temporalmente el proceso de Revocación del Mandato de AMLO en tanto hubiera presupuesto indispensable para llevarlo a cabo, según se sabe. Lástima que el TEPJF cada vez demora más en subir las sentencias a su página para conocer un poco más el motivo exacto de la litis y los términos de la sentencia.
No obstante, de las mismas exposiciones de las magistraturas se puede tener un criterio. Y esta escribiente se queda con el criterio de las magistradas Janine y Mónica: La Sala Superior sí tiene facultades para conocer del asunto, y el acto impugnado sí cae en el ámbito electoral, pues se trata de un acuerdo del Consejo General del INE, de la facultad de las consejerías de votar en libertad.
Máxime que la misma ley faculta a las consejerías a tomar los acuerdos necesarios para llevar a cabo el proceso de Revocación de Mandato. O sea, no se oponían al proceso en sí, solamente pedían la existencia de los recursos suficientes para operarlo. Incluso, la vieja Corte respaldó la decisión. Entonces, ¿dónde está el abuso de autoridad?
Es un acto electoral y punto, tal como lo expuso la magistrada Mónica Soto, quien, por cierto, sorprendentemente se apartó de la mayoría con la cual venía en sintonía. No siguió la línea, en caso de existir ésta.
En fin. El caso evidencia que la justicia electoral federal se encuentra de lado del mejor postor, entiéndase oficialismo o patrón. Y así, la independencia de los órganos constitucionales autónomos se vuelve utopía, quimera. Ni siquiera se guarda la apariencia.
Entonces, no solamente Claudia Zavala y demás consejerías ‘rebeldes’ se hallan en estado de indefensión, sino toda la ciudadanía afectada en sus derechos políticos electorales. El Pleno de la Sala Superior ya mostró el cobre.
Y en breve la ciudadanía se encontrará totalmente desamparada ante el vencimiento del periodo de Janine Otalora como magistrada electoral, cuya actuación siempre fue centrada. Ella no extenderá su periodo hasta el 2027 como resultado de la Reforma Judicial.
En fin, que por la decisión de la mayoría de magistraturas electorales de la Sala Superior del TEPJF, el Órgano Interno de Control del INE continuará con el procedimiento en contra de las consejeras Claudia Zavala y Dania Ravel, así como en contra de las demás consejerías en funciones que en su momento acordaron la suspensión temporal de la Revocación de Mandato de AMLO mientras no hubiese presupuesto indispensable.
Qué duro, qué difícil, qué inconcebible democráticamente.
En entrevista radiofónica, la consejera Claudia Zavala advirtió que “este tipo de acciones podrían constituir un intento de amedrentamiento hacia quienes ejercen su función con independencia frente al poder político”.
Qué peligroso.
Imagínense, las consejerías actuales y futuras se encuentran bajo el riesgo de ser hasta enjuiciadas políticamente y encarceladas por sus decisiones electorales tomadas como órgano colegiado.
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