CRÓNICA POLÍTICA: Los 13 distritos para candidaturas indígenas, y la paridad

REDACCIÓN

En la víspera del registro de candidaturas para el resto de los cargos a elegirse en 2018, partidos políticos y coaliciones todavía andan hechos bolas en el cumplimiento de la paridad de género y las acciones afirmativas a favor de postulaciones de indígenas.

No porque hagan falta mujeres e indígenas en nuestro país. Para muestra un botón: Tanto el Padrón Electoral como la Lista Nominal la componen mujeres en el 52%, de acuerdo al registro del Instituto Nacional Electoral (INE). Y conforme al INEGI, en 2015 se tenían alrededor “de 494 municipios donde más del 40% de sus habitantes son hablantes de lengua indígena y en Oaxaca hay 245 municipios en esta situación”.

Y quizá sean más porque tan solo en Oaxaca existen 418 municipios considerados en el régimen electoral de Sistemas Normativos Indígenas, de un total de 570 que conforman la entidad; el resto, 153, es de régimen de partidos políticos; es decir, en la mayoría hay población indígena.

Retomando el tema: El caso es que partidos y coaliciones andan enredados en el cumplimiento de la paridad de género en las candidaturas a las diputaciones federales y senadurías, así como en diputaciones locales y concejales a los ayuntamientos en aquellas entidades con elecciones concurrentes en estos casos.

Y en el cumplimiento de las acciones afirmativas en candidaturas indígenas para las diputaciones federales.

Todo el enredo se concreta en que no saben cómo acomodar cuates y cuotas: Amigos y amigas, compadres y comadres, familiares, compromisos electorales y hasta “detalles”.

Indígenas y mujeres, hay; pero en los partidos y coaliciones (con sus excepciones) alegan lo contrario, argumentando no haber mujeres con trabajo político, sino puras perdedoras.

¿No será al contrario? Sobran mujeres con tal trabajo, talentosas, con base social, pero las cúpulas partidistas a la fuerza quieren meter cuadros a modo; aspirantes (hombres y mujeres) sin mérito, ni trabajo, ni base social, nada más porque forman parte del círculo de los poderosos.

En fin, pero si no cumplen el INE o los OPLES, según la elección de que se trate, no registrará las candidaturas que presenten tras los apercibimientos y plazos legales.

Claro, para los partidos y coaliciones lo importante no solamente debería ser cumplir por cumplir, sino cumplir para ganar; o sea, postular candidatos y candidatas en la proporción paritaria exigida por la normatividad, pero de perfil ganador o por lo menos con el mejor perfil para la obtención de votos.

Recuerden que la falta del porcentaje mínimo de votos acarrea la pérdida del registro como partido político; o, en su caso, la pérdida del derecho a financiamiento público estatal, según la elección de que se trate. Y no todos los partidos tendrán la misma suerte que el PT, el cual ya había perdido el registro, pero los órganos electorales se encargaron de revivirlo.

LOS 13 DISTRITOS INDÍGENAS

En diciembre pasado, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no solo avaló los criterios aprobados por el Consejo General del INE, sino que fue más allá y modificó el acuerdo estableciendo medidas para evitar que partidos políticos o coaliciones evadan cumplir con la postulación de candidatos y candidatas indígenas a las diputaciones federales.

La postulación no podrá ser en cualquiera de los 28 distritos electorales federales en el rango indígena, sino en los 13 de mayor población indígena, los cuales se concentran en los estados de Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Hidalgo, Veracruz, San Luis Potosí y Yucatán, de la siguiente manera:

Clave Entidad Nombre de Entidad Distrito Aprobado % Indígena  
7 CHIAPAS 1 74.19  
7 CHIAPAS 2 75.31  
7 CHIAPAS 3 84.24  
7 CHIAPAS 5 73.68  
7 CHIAPAS 11 61.13  
12 GERRERO 5 75.41  
13 HIDALGO 1 72.34  
20 OAXACA 2 63.81
20 OAXACA 4 60.42
24 SAN LUIS POTOSÍ 7 72.57
30 VERACRUZ 2 70.7
31 YUCATÁN 1 79.04
31 YUCATÁN 5 83.72

Así lo determinó la Sala Superior del TEPJF, que partidos o coaliciones deberán postular candidaturas indígenas en esos 13 distritos federales de mayor población indígenas, a efecto de hacer eficaz la acción afirmativa.

Además, las personas postuladas no podrán ser del mismo género en más de 7 distritos. Es decir, mitad hombres, mitad mujeres, pero como el número es impar, la mayoría entonces recae en mujeres.

Y aquí les recordamos algo de lo más importante: La autoadscripción calificada:

Como en los partidos y coaliciones los operadores son “muy vivos” para birlar las candidaturas a los auténticos indígenas, pues la Sala Superior estableció ciertos candados como los siguientes:

  1. Haber prestado servicios comunitarios.
  2. Haber desempeñado cargos tradicionales.
  3. Haber participado en reuniones al interior de la comunidad.
  4. Haber sido representante de alguna comunidad o asociación indígena que tenga como finalidad mejorar o conservar sus instituciones.

O sea, no bastará con que alguien diga: “Soy indígena”, sino que tendrá que probarlo.

Nada más falta que copten a las comunidades para conseguir constancias de prestación de servicios comunitarios o de cargos, por citar dos ejemplos.

Así que indígenas, manténganse a las vivas para que partidos y coaliciones no les hagan, como dice el refrán, “de chivo los tamales”. Los procesos internos aun no terminan, pero a punto están de concluir, y luego vendrán los registros de candidaturas ante los órganos electorales.

Aquí les dejamos el dato de consulta para que tengan más elementos en caso de haber necesidad de impugnar la falta de cumplimiento en cuanto a candidaturas indígenas: SUP-RAP-726/2017 Y ACUMULADOS.

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Correo: rosyrama@hotmail.com 

 

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