Rosy RAMALES
¡Se acerca la hora! El Instituto Nacional Electoral (INE) ya definió el día en el cual hará (pública) la asignación de diputaciones y senadurías electas por el principio de representación proporcional o plurinominales: El 23 de agosto, a más tardar.
Y al hacer la asignación, decidirá la integración de ambas cámaras del Congreso de la Unión para la Legislatura a instalarse el 1 de septiembre próximo.
En su página, el INE colocó sendos videos en los cuáles explica grosso modo el procedimiento mediante el cual realizará la asignación plurinominal. Algo así como un A, B, C, con bolitas y palitos, para la comprensión del público en general, y también –por qué no decirlo— de personas dedicadas a la política que no lo saben.
Están muy didácticos los videos; explican:
Los principales conceptos (o factores) para hacer la asignación de representación proporcional: Votación total emitida, votación nacional emitida, cociente natural y resto mayor.
Cuatro criterios para asignar las diputaciones plurinominales: Afiliación efectiva, afiliación según convenio de coalición, afiliación al grupo parlamentario, afiliación a partido sin registro, y paridad.
Aplicación de las disposiciones constitucionales para evitar la sobrerrepresentación: Verificar que ningún partido político tenga más de 300 diputaciones tanto de mayoría relativa como de representación proporcional; garantizar que el número total de diputaciones de cada partido no exceda en un 8% su porcentaje de votación nacional emitida.
Y el método o fórmula para asignar diputaciones y senadurías de representación proporcional: Cómo se obtiene la votación nacional emitida, el cociente natural, la división correspondiente, y la aplicación del resto mayor.
Todo ya lo saben los partidos políticos, por la experiencia en procesos electorales anteriores y porque los lineamientos de asignación fueron aprobados por el INE desde finales del año pasado. Incluso, la afiliación efectiva no es cosa nueva, el Instituto la aplicó desde el 2021.
En el acuerdo de diciembre del año pasado, se establece que “para efectos de la determinación del PPN (Partido Político Nacional) al que corresponden los triunfos en los distritos uninominales correspondientes a candidaturas postuladas a diputaciones federales por una coalición, se tomarán en consideración los criterios siguientes:
“a) En primer lugar, se verificará la afiliación efectiva de cada una de las candidatas y los candidatos triunfadores por el principio de MR. Para estos efectos, se considerará ‘afiliación efectiva’ aquella que esté vigente al momento de la aprobación de los convenios de coalición. Por tanto, el triunfo será contabilizado a favor del partido con el cual la candidata o el candidato triunfador tenga una ‘afiliación efectiva’.
“b) En un segundo momento, en caso de que la candidata triunfadora no tenga una afiliación efectiva a alguno de los partidos que la postularon, el triunfo será contabilizado en los términos de lo expresado por el convenio de coalición aprobado.
“c) En caso de que la candidata o el candidato triunfador haya contendido por la vía de reelección, en el supuesto que éste no cuente con una ‘afiliación efectiva’ a alguno de los partidos que le postularon, el triunfo será contabilizado, para efectos de la asignación, al partido a cuyo grupo parlamentario haya pertenecido al momento del registro de la candidatura. Salvo en el caso de las personas legisladoras que pertenezcan a un grupo parlamentario de un partido político sin registro vigente, en cuyo caso, el distrito o entidad ganador se contabilizará conforme a lo señalado, en su caso, en el convenio de coalición. Para lo cual, se solicitará a la Cámara de Diputadas y Diputados la información correspondiente.”
Así que puede moverse el estimado de curules plurinominales que los partidos políticos han calculado en base a los resultados de las elecciones de junio pasado. Ya lo saben. Ya lo experimentaron en el 2021. Por eso en el proceso electoral 2023-2024 recurrieron a otros métodos (por decirles de algún modo) para hacerse de más curules.
Tampoco son nuevos los criterios mediante los cuales el INE debe garantizar que la integración de ambas cámaras del Congreso de la Unión sea paritaria. Y esto también puede mover los números.
Lo novedoso, lo interesante ahora, es cómo el INE aplicará las disposiciones constitucionales para evitar la sobrerrepresentación: Si de manera literal como se ha hecho o hará alguna interpretación, aunque esto más bien corresponde al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
***