En sesión pública presencial, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó, por unanimidad de votos, la inclusión de las personas quejosas en la lista de aspirantes que cumplen con los requisitos de elegibilidad para el cargo de magistradas y magistrados del PJF, en el marco del proceso electoral extraordinario 2024-2025, emitida por el Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo federal.
A propuesta de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y de las magistradas Janine M. Otálora Malassis y la presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, la Sala Superior consideró fundada la pretensión de las personas actoras, porque la autoridad responsable reconoció expresamente que cumplieron con los requisitos para continuar en el proceso de evaluación y selección de personas juzgadoras federales a la etapa de evaluación de idoneidad y, por ende, se acreditó su indebida exclusión del listado.
Por otra parte, desechó el juicio de la ciudadanía 1514, debido a que el quejoso agotó su derecho de impugnación al promover previamente otro recurso.
En consecuencia, ordenó al Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo federal la inclusión de los nombres de las personas actoras y publicar una adenda al listado de personas aspirantes elegibles que podrán continuar (SUP-JDC-1453/2024 y acumulados, SUP-JDC-1465/2024 y acumulados, SUP-JDC-1504/2024, SUP-JDC-1511/2024, SUP-JDC-1519/2024 y acumulados, SUP-JDC-1531/2024, SUP-JDC-1577/2024, SUP-JDC-1599/2024 y acumulado, SUP-JDC-1627/2024).
Y ordenó a los comités de evaluación de los poderes Ejecutivo y Legislativo federales informar qué requisitos incumplieron quienes resultaron excluidos de la elección de personas juzgadoras
En sesión pública presencial, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó en 48 asuntos que los comités de evaluación del Poder Ejecutivo y Legislativo federal debieron, en cada uno de los casos, informar qué requisitos de elegibilidad incumplieron los promoventes para ser excluidos de la lista final de aspirantes para la elección extraordinaria de personas juzgadoras 2024-2025.
Esta instancia resolvió por mayoría de votos el juicio de la ciudadanía SUP-JDC-1529/2024, con el voto particular del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, y por unanimidad de votos en los demás juicios de la ciudadanía a propuesta de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y de la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso.
Lo anterior, dado que ambas instancias debieron, en cada caso, fundar y motivar la razón de la exclusión de los promoventes del listado final en atención al principio de legalidad, para dotar de certeza al proceso en su integridad, beneficiando con ello no sólo a las y los aspirantes, sino a la ciudadanía en general, porque es indispensable que los promoventes conozcan las razones específicas y causas inmediatas que sustentaron la decisión de la responsable.
Se consideró que sólo así se puede cuestionar el acto de autoridad y confrontar tales razones con los argumentos que considere adecuados para revertir la supuesta lesión que resienten las partes actoras en sus derechos y que, a su decir, les impide continuar en el procedimiento electivo para integrantes del Poder Judicial de la Federación.
En consecuencia, esta instancia ordenó a los comités responsables que emitan una determinación en la que, de manera fundada y motivada, precise las razones y fundamentos jurídicos considerados para no colocar a los promoventes dentro de la lista de personas aspirantes que cumplieron con los requisitos de elegibilidad.
Por otra parte, la Sala Superior desechó tres demandas de los juicios de la ciudadanía 1474, 1567, 1586 y en el juicio de la ciudadanía 1529 desechó parcialmente respecto a la impugnación de la convocatoria emitida por el Comité de Evaluación el pasado 4 de noviembre de 2024 (SUP-JDC-1443/2024 y acumulados, SUP-JDC-1445/2024 y acumulados y SUP-JDC-1450/2024 y acumulados).
(TEPJF)
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