En elecciones costumbristas las practicas discriminatorias son contrarias a Derecho: TEPJF

-El organismo jurisdiccional resuelve de manera pronta, expedita e imparcial los juicios, y facilita el acceso a la justicia electoral a los integrantes de los pueblos ancestrales

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha establecido como criterios relevantes que en las comunidades ancestrales no se deben vulnerar los principios de certeza y libre determinación.

Por tanto, en una elección por usos y costumbres (o Sistemas Normativos Internos) es necesario considerar el derecho a la autoadscripción de las autoridades indígenas y privilegiar el consenso para evitar que se agraven los conflictos.

Asimismo, se estableció que los sistemas de elección interna que se sustenten en prácticas dis-criminatorias deben considerarse contrarios a derecho.

Entre los asuntos relevantes resueltos este año, se confirmó la convocatoria en la que se establecieron las bases para la elección de concejales al ayuntamiento de Santiago Choápam, Oaxaca, y se declaró la nulidad de la elección de integrantes del ayuntamiento de San Bartolo Coyotepec, en la misma entidad.

Así, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación imparte justicia incluyente en materia indígena y tutela de manera efectiva los derechos político-electorales de los integrantes de los pueblos y comunidades originarios.

Para atender esta premisa, facilita el acceso a la justicia electoral y resuelve de manera pronta, expedita e imparcial los juicios relacionados con los sistemas normativos internos para renovar a las autoridades de los pueblos ancestrales.

El compromiso con la tutela de los derechos fundamentales de los grupos más vulnerables de la sociedad queda de manifiesto en los 248 asuntos que resolvió el organismo jurisdiccional del 1 de enero al 30 de noviembre de 2014, en los que se salvaguardaron los derechos político-electorales de sus integrantes en condiciones de igualdad.

La mayoría de los recursos relacionados con los sistemas normativos internos son atinentes a los resultados electorales, seguidos por los actos de preparación, así como el acceso y ejercicio del cargo, entre otros.
(CON INFORMACIÓN DEL TEPJF)

 


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