La explicación sobre el «caldo de liebre» llamado Duarte

REDACCIÓN

El senador Arturo Zamora Jiménez, Secretario de Acción Electoral del Comité Ejecutivo Nacional del PRI e integrante de la Comisión de Justicia Partidaria, dio ayer una conferencia de prensa donde explico lo relativo a la resolución sobre la suspención de derechos como militante a Javier Duarte, gobernador de Veracruz.

La explicación del “caldo de liebre”, retomando sus palabras finales cuando le preguntan si se puede expulsar a alguien que no es militante, y él dice entonces que no se puede hacer caldo de liebre si no hay liebre”. Pero Duarte sí es militante.

Aquí lo que dijo en la conferencia de prensa. 

Pregunta.- Dos cosas: la oposición está criticando que este proceso llega tarde, porque las denuncias en contra del gobernador de Veracruz tienen no meses, sino que inician antes de la elección, sino que algunos años.

Por otra parte si nos podría explicar lo que usted ya decía, de que se puede escalonar el proceso…

Respuesta.- … Bienvenidos aquí a esta sede del Partido Revolucionario Institucional, señor Presidente de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria, Fernando Elías Calles, con su permiso.

“En relación al planteamiento que se hace quisiera primero dejar muy claro que acaba de sesionar esta Comisión Nacional de Justicia Partidaria, los siete comisionados hemos votado de manera unánime la resolución, en la cual se determina como medida cautelar la suspensión de los derechos de estos militantes.

“La suspensión de los derechos como militante del gobernador del estado de Veracruz y de seis personas más () es como consecuencia de dos denuncias que en su momento fueron presentadas por militantes de nuestro partido, del Revolucionario Institucional.

“Y una vez que se corroboraron los datos, la información y existieron dentro del procedimiento los elementos de prueba, es como hoy se toma esta medida que es cautelar.

“Esta medida cautelar no tiene temporalidad, la suspensión de derechos nos remite al artículo 58 de los estatutos en donde se determina claramente 17 derechos que han quedado suspendidos para el gobernador de Veracruz y para las personas que están afectas a esta resolución.

“De tal manera que a partir del momento en que se ha decretado esta primera medida cautelar, a partir de este momento entramos ya a la etapa del procedimiento donde se da a las personas su derecho de audiencia y con posterioridad estaremos tomando también determinaciones que pueden derivar en dos consecuencias jurídicas: una de ellas es la pérdida de la militancia, la otra es precisamente la expulsión del Partido Revolucionario Institucional.

“¿Qué significa? Significa que la Comisión Nacional de Justicia Partidaria acaba de tomar una decisión de gran trascendencia, no hay un precedente de esta naturaleza.

“Es la primera ocasión en la que a un gobernador en funciones se le suspenden sus derechos partidarios y por supuesto que nosotros como partido, en este partido se está actuando en función de sus estatutos y de su código de Justicia Partidaria, en este momento es que compartimos con ustedes la resolución.

Pregunta: ¿Cómo se le va a notificar al gobernador y a estos seis funcionarios respecto a la resolución que han tomado? ¿Cuánto tiempo tienen ellos para responder e ir acorde a este derecho de audiencia que tienen? ¿Se abordaron también los casos de otros gobernadores –me refiero a los casos de Chihuahua y Quintana Roo– y de no ser así, cuándo se plantea que esta Comisión vuelva a reunirse para tratar estos casos?

Respuesta: En este caso la notificación aparecerá ya una vez que se engrose y se firme por el Presidente y el Secretario de la propia Comisión en los estados de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria, la estamos dando a conocer en este momento, esto es a través de ustedes y por supuesto que también existe el derecho para que se les informe a ellos de esta resolución.

“Contra esta resolución, por supuesto ellos tienen el derecho de acudir a un JDC (Juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano) ante la autoridad administrativa electoral, tienen otro tipo de derechos que son garantías establecidas en la Constitución y en cada uno de ellos hay términos diferentes.

“Por lo que se refiere a la siguiente pregunta, en el propio resolutivo en el que da cuenta el Presidente de la Comisión hace unos momentos, es que nosotros escindimos una denuncia que había en contra de varios gobernadores, para después acumular dos en contra del gobernador de Veracruz y en este momento resolver este asunto, sin que los demás asuntos no dejen de atenderse.

“La pregunta seguramente es: ¿Por qué resolvimos en este momento el asunto de Veracruz y no hemos resuelto los otros dos? Porque al igual que en el asunto de Veracruz estaban en esta caso afectos no solamente el gobernador, sino otras personas, y la propia Comisión tiene la obligación de recabar información, de recabar pruebas y entonces una vez que se integran los expedientes, se emite la determinación que estamos compartiendo con ustedes.

“De tal suerte que en los otros casos estamos precisamente en este proceso de recabar pruebas.”

Pregunta: Para consultarles puntualmente en qué estatus se encuentra el caso del ex gobernador de Nuevo León, Rodrigo Medina, siendo que él incluso ya está formando parte de un proceso judicial. ¿Para cuándo tendrían una resolución o cuándo pretenden abordar este caso?

Segundo: En el caso particular del ex gobernador de Coahuila, saber si la Comisión tiene algún recurso o alguna queja en contra de él, y de no ser así, preguntarles si la normatividad les permitiría actuar de oficio dado el cúmulo de denuncias públicas que existen sobre endeudamiento público, incluso procedimientos que se siguen en Estados Unidos.

 Y finalmente, cuando el Presidente de la Comisión mencionaba que la determinación de esta medida cautelar se toma después de valorar que los hechos denunciados constituyen una afectación grave al PRI, ¿qué hechos valoraron, qué elementos tomaron ustedes en cuenta para determinar que se estaba afectando gravemente al PRI?

Respuesta: En relación al tema del ex gobernador de Nuevo León, Rodrigo Medina, según dio cuenta el Presidente de la Comisión hace unos momentos, porque fue motivo de la conversación de los varios asuntos, ya existe una solicitud, al igual que en contra de un funcionario de esa administración.

No podemos actuar de manera oficiosa, porque no está el procedimiento oficioso, pero nosotros estaríamos pendientes de la recepción de alguna queja o denuncia en este sentido.

¿Cuál es el motivo o los razonamientos que se establecen en la propia resolución? Entre otras cosas nosotros estamos tomando en consideración que hay denuncias presentadas ante la Procuraduría General de la República, denuncias de hechos presuntamente delictivos presentados ante la Procuraduría de Justicia en el estado de Veracruz.

“Hay procedimientos iniciados ante el Servicio de Administración Tributaria, y hay una serie de observaciones y denuncias que también el auditor superior de la Federación ha presentado en el manejo de los recursos públicos de esa entidad federativa.

“En gran parte de eso es de lo que se duelen los denunciantes, en este caso César Mora y Armando Barajas, quienes como militantes del partido, ellos ven afectados sus derechos porque su imagen está resultando afectado afectada, en función de eso es como nosotros estamos tomando una determinación, una determinación que está debidamente razonada y fundamentada en una cadena de hechos que han dado a conocer fundamentalmente diferentes medios de comunicación y que en este sentido, ya existiendo formalmente solicitudes a través de las autoridades fiscales, de las autoridades que auditan el manejo de los recursos públicos, y a través de particulares que han presentado una serie de denuncias en ambas instancias.

“Es como finalmente gran parte de toda esta información tuvo que recabarse por parte de la Comisión de Nacional de Justicia, para emitir el resolutivo correspondiente, esto es una resolución que descansa en una serie de hechos que sin duda alguna, como lo solicitaron nuestros militantes, están afectando la imagen de nuestro partido”.

Pregunta.- ¿En el caso de Nuevo León y Coahuila, hay (…) funcionarios de esos gobiernos, pero no en contra de los ex gobernadores?

Respuesta.- Solamente el caso de Nuevo León y contra un funcionario de un área de carreteras,

Pregunta.- ¿Qué garantías va a tener la militancia, pero sobre todo la población de que este caso de Javier Duarte no se va a quedar en eso, en solo una suspensión, se va a quedar en el tintero? ¿El PRI está dispuesto a aprovechar estar esta decisión trascendente, como usted dijo, de realmente demostrar que están comprometidos en el combate a la corrupción y a la impunidad?

Respuesta.- El presidente Enrique Ochoa, claramente lo ha dicho, él emprendió una cruzada contra la opacidad y para combatir la corrupción, y como consecuencia de ello, él es muy respetuoso de las decisiones que toman los integrantes de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria.

Los comisionados de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria hemos tomado una decisión que nos parece que es una decisión firme, de gran trascendencia, que por supuesto marca hacia el resto de la militancia de nuestro partido, un principio de ejemplo, en el sentido de que es serio lo que el presidente del partido ha venido impulsando.

“Cuando Enrique Ochoa llega, como todos ustedes lo saben, promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una Acción Prioritaria para que se echaran abajo las reformas constitucionales de los estados de Veracruz, de Quintana Roo y de Chihuahua, y se logró a través de una acción preferente, que promovió el presidente de nuestro partido ante el Senado de la República, que en efecto la Suprema Corte diera marcha atrás a estas reformas, con la única finalidad de evitar que las actividades posteriores de las autoridades estuviesen provistas de una estela de impunidad.

“Éste es un primer elemento, muy importante, que acompaña el discurso del presidente con los hechos, y en este caso, aunque corresponde a los comisionados tomar las decisiones, nosotros como comisionados entendemos muy bien cuál es el mensaje que la población espera de sus autoridades, en este caso intra partido, y por supuesto que también entendemos que habrá otro tipo de consecuencias, ya lo estamos anunciando.

“A partir de hoy ya iniciamos formalmente lo que podría ser un proceso de expulsión de estos funcionarios públicos, un proceso de expulsión del partido a Javier Duarte de Ochoa, como gobernador, a Juan Carlos Rodríguez García, a Gabriel Deantes Ramos, a José Antonio Chara Manzur Beltrán, a Arturo Bermúdez Zurita, a Israel Ramos Mange y a Daniel Cordero Gálvez.”

Pregunta.- Que nos precise en qué supuesto del Código de Justicia Partidaria se amparan para decretar la suspensión de los derechos, eso por un lado. Y ¿más o menos en cuánto tiempo estarán desahogando las denuncias presentadas contra Duarte de Chihuahua y Borge de Quintana Roo?

Respuesta.- Está una disposición en el artículo 132, que establecen las disposiciones generales, ahí es en donde descansa la resolución que nosotros emitimos, y nos remite luego al artículo 58 de los estatutos.

El artículo 58 establece claramente una cadena de derechos, o un abanico de derechos que han quedado suspendidos precisamente para todos estos militantes.

¿En qué momento podemos resolver los demás asuntos que tenemos pendientes? En cuanto terminemos de integrarlo, como se lo mencionamos hace unos momentos.

Pregunta.- ¿Pero hay una lista de causales, cuáles?

Respuesta.- En este caso lo dijo el presidente de la Comisión, estamos ante situaciones consideradas como graves, nosotros estamos frente a situaciones consideradas como relevantes y eso es lo que motiva fundamentalmente la decisión que acabamos de tomar.

Pregunta.- ¿Cómo se expulsa en caso de que no fueran militantes?

Respuesta.- Hay una pregunta que formulan, me parece muy interesante y oportuna, nos preguntan, ¿cómo podemos expulsar en el caso de que no fuesen militantes del partido? Debemos decir claramente que todos los nombres que están aquí, forman parte de nuestro partido.

“Esto es que no se puede hacer caldo de liebre si no hay liebre, no se pueden suspender derechos partidistas a alguien si no tiene estos derechos esa persona. Son personas que tienen estos derechos y por eso fueron suspendidos.”


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