La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), que rechazó la petición del aspirante José Eduardo Verástegui Córdoba, de permitir el uso de formatos físicos y extender el periodo para recolectar apoyos ciudadanos, necesarios para su registro como candidato independiente a la Presidencia de la República.
La controversia inició cuando el aspirante solicitó al INE la posibilidad de usar tanto la aplicación móvil, como los formatos físicos para la recolección de apoyos, además de pedir una extensión en el plazo para dicho proceso.
La respuesta del Consejo General del INE fue negativa, argumentando principalmente que los formatos físicos están destinados exclusivamente para municipios en situaciones de emergencia o alta marginación, y que Verástegui no había demostrado ningún impedimento para usar la aplicación móvil para su propósito. En desacuerdo con lo anterior, el actor acudió ante la Sala Superior.
El pleno, en sesión pública presencial, a propuesta del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, que ante su ausencia justificada hizo suya la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, confirmó la respuesta del INE.
Lo anterior, considerando que el Consejo General del INE atendió debidamente todo lo planteado en la solicitud, y el actor no cuestionó los argumentos torales que sostienen el acuerdo impugnado (SUP-JDC-765/2023).
(TEPJF)