En sesión pública, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en el expediente SX-JDC-284/2026, modificó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) que declaró inexistente la vulneración de los derechos de petición y de participación ciudadana en el Ayuntamiento de San Jerónimo Sosola, Oaxaca.
Lo anterior, porque el Tribunal local desvió la controversia y no se centró en analizar si era posible la implementación del mecanismo de participación ciudadana denominado “cabildo en sesión abierta”, en el municipio y pasó por alto que esa decisión corresponde a la propia comunidad conforme a su sistema normativo interno.
En la sesión pública celebrada el 05 de agosto, se resolvieron 7 medios de impugnación: 3 juicios para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía, 2 juicios generales y 2 Juicios de Revisión Constitucional
(Con información del TEPJF)
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