La SCJN salvaguarda la división y la autonomía presupuestal de los poderes judiciales y órganos constitucionales autónomos locales

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) garantiza la independencia judicial y la autonomía de los órganos constitucionales al declarar que ningún poder puede disponer del presupuesto de otro sin su consentimiento. 

En este caso, el Congreso de Morelos otorgó de manera incorrecta pensiones por jubilación a dos personas trabajadoras y ordenó que las mismas se pagaran con recursos del Poder Judicial local y de la Fiscalía General del Estado de Morelos, esto sin haberles consultado ni transferido los fondos necesarios. 

El Pleno estableció que, en el caso del Poder Judicial, dicha determinación vulnera el principio de autonomía de gestión presupuestal y, por ende, afecta la independencia judicial y la división de poderes. En el caso de la Fiscalía General del Estado de Morelos, la SCJN sostuvo que se transgrede la autonomía e independencia propias de los órganos constitucionales autónomos, elementos indispensables para el libre y efectivo ejercicio de sus atribuciones. 

(SCJN)


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