LXVI Legislatura aprueba elevación de Categoría Administrativa de Agencia de Policía a dos localidades de la Mixteca y modifica el nombre de una comunidad de la Sierra Sur

En Sesión Extraordinaria se aprobaron tres dictámenes de la Comisión Permanente de Gobierno y Asuntos Agrarios

Con el propósito de dar certeza jurídica y administrativa a las comunidades, la LXVI Legislatura reconoció a dos localidades de la Mixteca con la Categoría Administrativa de Agencia de Policía y autorizó la modificación de la Denominación Política de una comunidad de la Sierra Sur.

Por lo tanto, en Sesión Extraordinaria, se reconoció formalmente a las localidades de Guadalupe Petlacala y San Isidro Aguacate, pertenecientes al municipio de San Martín Peras, en el Distrito de Juxtlahuaca, con la Categoría Administrativa de Agencia de Policía.

El órgano legislativo verificó que las solicitudes cumplieran con el proceso legal y con la aprobación previa del Cabildo de San Martín Peras, y que las localidades contaran con la infraestructura social y los servicios públicos básicos indispensables, tales como agua potable, energía eléctrica, alumbrado público, caminos, instalaciones educativas, de salud y administrativas.

Ambos dictámenes sustentaron su aprobación en el respeto al derecho fundamental de autodeterminación y autoorganización de los pueblos y comunidades indígenas, garantizado en el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 16 de la Constitución Política local.

Para los efectos legales correspondientes, deberá notificarse al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), al Instituto Nacional Electoral (INE), a la Secretaría de Gobierno (Sego), a la Secretaría de Finanzas (Sefin), a la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado (ASFE) y al Ayuntamiento mencionado.

Por otro lado, se aprobó el dictamen mediante el cual se autoriza la modificación de la Denominación Política de la comunidad conocida como “El Común”, para quedar formalmente como “El Común, Sección Cuarta”, perteneciente al municipio de Villa Sola de Vega, en el Distrito del mismo nombre, en la Sierra Sur.

La determinación legislativa deriva del análisis del expediente CPGAA/588/2026, promovido a solicitud del Presidente Municipal de Villa Sola de Vega, Alberth Cabrera Jarquín, tras la aprobación por mayoría de votos del Cabildo en Sesión Ordinaria. A dicha petición se sumó el acuerdo unánime de la Asamblea de Ciudadanos, así como la solicitud formal remitida por la representación comunitaria.

Durante el análisis del expediente, la Comisión Permanente de Gobierno y Asuntos Agrarios constató el cumplimiento de los requisitos contemplados en los artículos 19, 20 Bis y 20 Ter de la Ley Orgánica Municipal del Estado.

La determinación deberá ser notificada al Inegi, al INE, a la Sego, a la Sefin, a la ASFE, al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) y al Ayuntamiento de Villa Sola de Vega, para los trámites legales e institucionales correspondientes.

(Congreso)


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