El Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca (TEEPJO), llevó a cabo la sesión pública correspondiente para resolver tres juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano (JDC), provenientes de los municipios de Tlaxiaco, San Sebastián Tutla y Santiago Juxtlahuaca.
En el primer JDC, Edgar Ávila Cruz, Regidor de Desarrollo Social del Ayuntamiento de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, promovió un juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano por la omisión del Presidente Municipal de convocarlo a las sesiones de cabildo y de no asignarle una oficina dentro del palacio municipal para realizar su trabajo.
Del análisis de la demanda expuesta por Ávila Cruz y de lo manifestado en las constancias presentadas por la autoridad responsable, el TEEPJO concluyó que, si bien, el demandante fue convocado a las sesiones extraordinarias, sí existió una omisión al no convocarlo a las sesiones ordinarias de cabildo con la frecuencia exigida por el artículo 46, fracción primera de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. Asimismo, la responsable no acreditó ningún medio que pruebe la asignación de un espacio, ni recursos materiales y humanos al concejal municipal, para la adecuada realización de su trabajo.
Por tal motivo, la y los magistrados electorales ordenaron al Presidente Municipal en cuestión, convoque con las formalidades legales a sesión de cabildo tanto a Ávila Cruz, como a los integrantes de dicho ayuntamiento, así como cumplir con su obligación de otorgarle un espacio y material necesario para el desempeño de sus funciones como Regidor de Desarrollo Social.
Cabe mencionar que el Pleno del Tribunal Estatal Electoral, hizo énfasis en la falta de civilidad política en este tipo de asuntos por parte de las autoridades responsables, señalando que al ser parte de un cuerpo colegiado, cualquiera que sea, independientemente de las ideologías que cada persona siga o practique, lo importante y la única finalidad debe ser servir a la ciudadanía, con base en lo establecido en las leyes.
En el mismo sentido, Pascual Venancio Avendaño, Síndico Procurador del municipio de Santiago Juxtlahuaca, impugnó la omisión del Presidente Municipal de convocarle debidamente a sesión de cabildo y de no realizar el pago de dietas y aguinaldo correspondiente a su cargo. Una vez analizado el caso, este órgano jurisdiccional declaró fundada la demanda en lo referente a la falta de convocatoria por parte de la autoridad responsable hacia el demandante, al igual que la omisión del pago de las dietas correspondientes, ordenando a la responsable cumplir con el pago de las mismas.
Finalmente, el TEEPJO ordenó al Presidente y Cabildo del Municipio de San Sebastián Tutla expida a Agustín Eduardo Pombo García el nombramiento al cargo de Agente de Policía Suplente de la Agencia de Policía de El Rosario.