- De municipios donde el registro de aspirantes fue improcedente y otros
REDACCIÓN
El Partido Revolucionario Institucional (PRI) hoy inicia la real definición de alrededor de 55 candidaturas a presidencias municipales de municipios donde la Comisión Estatal de Procesos Internos declaró improcedente el registro de aspirantes, o donde fue necesario completar documentación.
Entre los primeros, se encuentran la capital oaxaqueña y Santa Cruz Xoxocotlán. Y los hay por ambos métodos: Por Convención de Delegadas y Delegados, y por Comisión para la Postulación.
En la mayoría de esos municipios hubo registro masivo de aspirantes y en otros, quién se registró no cumplió con los requisitos exigidos en la convocatoria; en otro tanto, razones políticas obligaron a declarar la improcedencia del registro.
¿Y en qué consiste esa real definición?
En sentar a los aspirantes por municipio y en base a resultados de encuestas levantadas la semana pasada (según dicen), hacer ver a cada aspirante sus posibilidades reales o de plano su perfil de perdedor. Entonces, definirán en torno a quien haya salido con más puntaje en tales encuestas, y los demás tendrán la posibilidad de integrarse a la planilla.
La definición va para largo, de aquí al plazo de registro de candidaturas ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), porque el procedimiento lo aplicarán municipio por municipio; depende también de la voluntad conciliadora de los aspirantes.
En los 55 municipios también se encuentran algunos (alrededor de 20) donde el partido dio oportunidad a los aspirantes de completar documentación.
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