La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que el gobernador de Nuevo León, Samuel García, no usó indebidamente recursos públicos ni vulneró los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda con un video en el que aparece con Mariana Rodríguez, y Jorge Álvarez Máynez, publicado en la cuenta de X de García Sepúlveda el 9 de enero de 2024.
La decisión se tomó, porque García Sepúlveda realizó expresiones sobre el proceso de Movimiento Ciudadano para elegir a su precandidatura a la Presidencia de la República (es decir, sobre cuestiones internas del partido), sin que se advirtieran solicitudes de apoyo a la ciudadanía en favor de Jorge Álvarez Máynez y su partido político.
Al no configurarse la vulneración a principios constitucionales, tampoco se acreditó la existencia de un beneficio indebido en favor de Álvarez Máynez y Movimiento Ciudadano.
El Pleno también determinó que no hubo incumplimiento de la medida cautelar atribuida a Samuel García, pues la notificación no fue realizada debidamente, lo que hizo imposible el cumplimiento en el tiempo fijado por la autoridad (SRE-PSC-72/2024).
En sesión pública, el Pleno también determinó que Futuro, partido político con registro en Jalisco, hizo uso indebido de la pauta con la difusión en intercampaña de un promocional de radio y televisión.
Lo anterior porque de manera indebida, incluyó en él a Pedro Kumamoto, precandidato a la presidencia municipal de Zapopan, en un periodo (intercampaña) en el que está prohibida la difusión de propaganda electoral. Por ello, Futuro fue multado con 51 mil 870 pesos (SRE-PSC-62/2024).
(Con información del TEPJF)