La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual estableció los criterios aplicables, el modelo único de estatutos y la convocatoria para el registro de candidatas y candidatos independientes a diputadas y diputados por el principio de mayoría relativa para el Proceso Electoral Federal 2014-2015.
Por unanimidad, los integrantes del Pleno avalaron el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Constancio Carrasco Daza, en el que se estableció la determinación del INE, respecto a que en el emblema que utilizarán los candidatos independientes no se podrá incluir la fotografía o la silueta de la candidata o candidato para garantizar la certeza y equidad en los comicios federales.
Los magistrados estimaron que la medida establecida por el Consejo General, respecto del contenido de las boletas electorales se ajusta a derecho, por lo cual se consideró infundado el medio de impugnación presentado por Mario Antonio Hurtado de Mendoza Batiz, quien pretende contender como candidato ciudadano en las elecciones federales de 2015, por el segundo distrito electoral en Baja California.
(FUENTE: TEPJF)
Descubre más desde Rosy Ramales
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.



