Sala Xalapa confirmó elecciones de San Pedro Ixtlahuaca, Guevea, Itunyoso y San Juan Ozolotepec

En sesión pública, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) analizó distintas impugnaciones presentadas a fin de controvertir diversas sentencias emitidas por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) relativas a las elecciones de concejales de los ayuntamientos de San Pedro Ixtlahuaca; Guevea de Humboldt; San Martín Itunyoso y San Juan Ozolotepec del estado en mención.

Al resolver los juicios ciudadanos 24, 25, 26 y 27, promovidos por Manuel Evodio Duarte Pérez y otros, los magistrados federales indicaron que si bien el Tribunal local no expresó las razones por las cuales las probanzas ofrecidas resultaban ineficaces para acreditar la supuesta violencia y presión en el electorado que participó en las elecciones de San Pedro Ixtlahuaca, lo cierto es que del análisis de las mismas se determinó que no resultaban idóneas para declarar la invalidez de la elección, como lo propuso la parte actora. De ahí que lo correcto fuese validar la elección.

Por otra parte, al resolver el juicio ciudadano 33, presentado por María Corza Ortega Guzmán y otros ciudadanos, el Pleno de la Sala Regional validó la elección de concejales del ayuntamiento de Guevea de Humboldt, ya que con el cambio de reglas en la elección, a la que hacen alusión los promoventes, no se vulneró el derecho tutelado para los pueblos y comunidades indígenas, toda vez que las nuevas reglas que fueron incorporadas al procedimiento electivo fueron el resultado de un procedimiento de consulta realizado a partir de múltiples asambleas comunitarias, con la participación constatada de los habitantes de todo el municipio, y se pidió que se establecieran reglas para generar la participación democrática de sus habitantes, entre las que se encuentra la relativa a las mujeres.

Asimismo, al resolver los juicios ciudadanos 34 y 35, promovidos por Marcelino Merino Ávila y José Tereso Cruz Reyes y otros, los magistrados de la Sala confirmaron la elección de concejales de San Martín Itunyoso, ello, al declarar infundados los planteamientos de los actores relacionados con la supuesta falta de exhaustividad en el análisis de la autoridad local y la modificación al sistema normativo interno, ya que del expediente se advirtió que el Tribunal local razonó debidamente cada uno de los puntos de análisis que fueron puestos a su consideración.

Por último, al resolver el juicio ciudadano 39, promovido por Cirila Hernández Cruz y diversos ciudadanos, los magistrados federales confirmaron la elección de concejales de San Juan Ozolotepec al considerar como infundados los agravios presentados por los promoventes, toda vez que las documentales aportadas no demostraron el incumplimiento de los requisitos de vecindad y la realización de servicios comunitarios, así como la supuesta presión sobre el electorado y, por lo tanto no alcanzaron el valor probatorio necesario.

Asimismo, tampoco se puede comprobar la discriminación por género a la que aluden los actores, pues del análisis del expediente se desprende que participaron mujeres y se cumplió con la cuota establecida en la convocatoria.


Descubre más desde Rosy Ramales

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *