La Corte invalida ahora la Ley de Sistemas Electorales Indígenas de Oaxaca

Por unanimidad, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró invalida la Ley de Sistemas Electorales Indígenas del Estado de Oaxaca, fundamentalmente por considerar que en la elaboración de la misma no fueron consultados los pueblos y comunidades indígenas.

La falta de consulta, argumentaron los Ministros, viola lo dispuesto en el artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, razón suficiente para la invalidez de la norma, aún cuando trate de regular los sistemas electorales indígenas.

Además, en su sesión de este lunes, los Ministros explicaron que la Ley de Sistemas Electorales Indígenas del Estado de Oaxaca fue aprobada por la Legislatura Local fuera del plazo de los noventa días dados por la Carta Magna para la aprobación de toda norma que se pretenda aplicar en proceso electoral inmediato.

El pleno declaró invalido todo el decreto por el cual se creó la referida Ley; invalidez que provocó que ni siquiera entrarán al fondo de la revisión de los artículos impugnados.

Así, la Corte desahogó las acciones de inconstitucionalidad presentadas por los partidos PSD, PUP y PAN y MC.

 


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