La Diputación Local aprobó reformar el Código Penal del Estado de Libre y Soberano de Oaxaca, a fin de establecer castigos a las nuevas modalidades de robo.
Con esta modificación legislativa se adicionan estas nuevas modalidades de robo a las fracciones: X, XI, XII, XIII y XIV, del Artículo 369 de la legislación en mención; por lo que, ahora se castigará de tres meses a tres años de prisión a quien las cometa; además de la pena que corresponda, en los siguientes supuestos:
Realicen la sustracción de productos, material vegetativo, silvestre, o endémico que cuenten con denominación de origen en términos de la Ley de Protección a la Propiedad Industrial, desde su etapa de plantación, crecimiento y hasta la de aprovechamiento, se encuentren o no adheridos al suelo, así como insumos o herramientas agrícolas.
A las empleadas o empleados de una institución financiera que participen en la comisión de un delito o robo. También, se aplicará esta sanción a la persona que hurte dentro de una institución educativa.
Además, la sanción de hasta tres años de prisión será aplicable cuando el delito se realice en la vía pública utilizando cualquier medio de transporte que otorgue ventaja al sujeto activo para cometer robo o para huir.
Lo mismo se aplicará cuando se trate de insumos y medicamentos destinados a las instituciones de salud pública o privada o que se encuentren en sus instalaciones.
(Con información del Congreso)