Este martes, la SCJN analizará acciones de inconstitucionalidad en contra de las reformas de Oaxaca sobre Revocación de Mandato; el proyecto propone la validez de la mayoría, y la invalidez sólo de dos puntos 

Rosy RAMALES

Este martes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá y, en su caso, resolverá las acciones de inconstitucionalidad presentadas por los partidos del Trabajo y Movimiento Ciudadano en contra de las reformas constitucionales y legales en materia de Revocación de Mandato aprobadas en septiembre pasado por el Congreso del Estado de Oaxaca.

Conforme al proyecto de sentencia del ministro ponente Giovanni Azael Figueroa Mejía se mantiene la validez de la mayoría de las reformas consistentes sobre todo en plazos, y solamente en dos temas se propone la invalidez.  

El proyecto propone considerar infundados los argumentos de que se debía realizar una consulta indígena previa a las reformas y celebrar un parlamento abierto.

Considera que las legislaturas de los estados sí pueden establecer plazos específicos para la actuación del Organismo Público Local (Instituto Electoral), pues tienen cierto margen de configuración; y estima que no se acreditó invasión a su autonomía ni afectación a sus atribuciones constitucionales. 

El proyecto mantiene el 10% de firmas ciudadanas a nivel estatal con base en la Lista Nominal de Electores, porque tal porcentaje lo mandata la Constitución Política Federal.

En el proyecto se propone considerar constitucionales, y por consiguiente válidos, los siguientes plazos:

Del 1 al 10 de octubre: emisión de lineamientos por parte del IEEPCO. 

Del 1 al 10 de octubre: emisión de formatos oficiales para la solicitud. 

Del 1 al 30 de noviembre: periodo de recolección de firmas. 

10 días: plazo para que el IEEPCO revise que la solicitud cumple requisitos. 

3 días: para emitir la convocatoria a la jornada de votación una vez cumplidos los requisitos. 

30 días: periodo entre la convocatoria y la realización de la jornada de votación. 

Los puntos que se plantean invalidar son los siguientes:

Reducir de tres meses a un mes el plazo para que la ciudadanía pueda presentar la solicitud de revocación. 

Exigir el 10% de firmas en cada municipio participante. 

***


Descubre más desde Rosy Ramales

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *