*.- ¿Puñalada al pueblo?
*.- Evidentemente, ya nadie impugnó
*.- ¿Y los ex consejeros?
Rosy RAMALES
En la columna de ayer hicimos referencia a una propuesta de iniciativa de reforma electoral constitucional (quien sabe si elaborada efectivamente por las comisiones respectivas del Congreso del Estado), la cual es casi idéntica a la presentada por el gobernador Gabino Cué Monteagudo, pero, decíamos, en algunas disposiciones empeorada o echada a perder con ciertos añadidos que más bien obedecen a intereses políticos y económicos extra Legislatura, y que son muy perjudiciales para un pueblo tan pobre y tan lastimado como el del estado de Oaxaca.
Y en este caso nos referimos a elevar a rango constitucional onerosas remuneraciones e indemnizaciones para las autoridades electorales administrativas y jurisdiccionales. O sea, para las consejeras y los consejeros del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, y para la magistrada y magistrados del Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca.
Lean:
En su iniciativa, el gobernador, de manera prudente, propone: “Los consejeros electorales locales tendrán un período de desempeño de siete años y no podrán ser reelectos; percibirán una remuneración acorde con sus funciones y podrán ser removidos por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por las causas graves que establezca la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.”
Y en la referida propuesta de iniciativa de fecha 17 de marzo del año en curso, que se supone pueden presentar los diputados locales, se plantea para las consejera y consejeros electorales “una remuneración acorde con sus funciones que no podrá ser superior a la que percibe el Gobernador…” Y todavía le ponen la siguiente anotación al margen: “Un salario idóneo”.
¡Por Dios, las consejeras y los consejeros electorales no son asalariados! Ojalá y los asalariados, los trabajadores de limpieza del IEEPCO, por ejemplo, tuvieran un salario casi igual al del gobernador.
¿Cuál es la remuneración del Gobernador de Oaxaca? Tiene un nivel 25 y percibe 97 mil 828 pesos, netos. Eso según el tabulador 2014 del Gobierno del Estado, pero que a la ciudadanía no le consta, aun cuando esté en ley.
Entonces, si en la Constitución Política de Oaxaca se establece es percepción “que no podrá ser superior a la que percibe el Gobernador”, pues quítenle un peso. Y ya no es superior a la del mandatario. ¿No? Y eso en el ejemplo del tabulador 2015. Pero hay que considerar que cada año, para cada ejercicio fiscal, puede haber incrementos a las percepciones y remuneraciones.
Y miren, queridos lectores, desde la iniciativa de reforma constitucional en materia política electoral presentada por el Gobernador de Oaxaca, ya se plantea una indemnización a las autoridades electorales.
Lean el planteamiento en los transitorios:
“DÉCIMO QUINTO. El Poder Judicial transferirá al Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca todos los recursos humanos, materiales y financieros con que contaba para el desempeño de sus funciones cuando pertenecía a su estructura orgánica. Todos los servidores públicos que con motivo del presente Decreto dejen de pertenecer al Poder Judicial conservarán la totalidad de sus derechos laborales.”
“DECIMO NOVENO. La situación presupuestal y laboral de las actuales autoridades electorales administrativas y jurisdiccionales locales será regulada en la ley secundaria respectiva, sin menoscabo de su derechos laborales.”
Claro, en el TEE del PJF y en el IEEPCO hay servidores públicos como, por ejemplo, los Secretarios de Estudio y Cuenta, en el primer caso; o los Directores Ejecutivos y Jefes de Departamento, en el segundo caso.
Pero, ese DÉCIMO NOVENO transitorio, ¿se refiere exclusivamente a consejeros (as) u magistrados (a) electorales? Habría que precisarlo.
La propuesta de Cué todavía es algo prudente en relación a la situación económica del Gobierno del Estado y a la situación de pobreza de muchas comunidades oaxaqueñas, la mayoría de las cuales, por cierto, se rigen electoralmente por Sistemas Normativos Internos, donde a veces la validez de las asambleas comunitarias ha dependido del mejor postor. En fin.
Y lean el planteamiento (en artículos transitorios) de esa iniciativa de ley de fecha 17 de marzo, atribuida a la Comisión Permanente de Administración de Justicia del Congreso del Estado, aunque, insistimos, quien sabe si es de la autoría de los diputados; o sea, de los representantes del pueblo:
“DÉCIMO SEGUNDO. Los magistrados actuales del Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial continuarán en su encargo hasta en tanto sean designados los nuevos magistrados electorales, en los términos de lo dispuesto por el inciso c) de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, quienes serán indemnizados conforme a la ley federal del trabajo.”
¡Indemnizados conforme a la Ley Federal del Trabajo! Seguramente porque dependen del Poder Judicial, ¿no?
Y en otro transitorio, copian exactamente la propuesta del mandatario: “Todos los servidores públicos que con motivo del presente Decreto dejen de pertenecer al Poder Judicial conservarán la totalidad de sus derechos laborales”.
Miren, queridos lectores, una indemnización puede ser correcta y justa cuando hay correspondencia con el compromiso democrático, de justicia pronta y expedita, de transparencia, imparcialidad, independencia y objetividad.
¿Están en ese supuesto los magistrados y la magistrada electorales actuales? Solamente podrían decirlo aquellos a quienes les han impartido justicia electoral. Sin embargo, fuentes del mismo Poder Judicial comentan situaciones inconfesables, las cuales, desafortunadamente, no se han podido probar.
EVIDENTEMENTE, YA NADIE IMPUGNÓ
Evidentemente, ni el Ejecutivo, ni el Congreso del Estado impugnó la sentencia del TEE del PJO en la cual condenan al pueblo de Oaxaca (porque es dinero del pueblo) a indemnizar a dos ex consejeros electorales del IEEPCO con más de dos millones de pesos a cada uno, vía una disposición ex profeso en la próxima reforma electoral, y de paso pues la sentencia beneficiaría a los actuales magistrados y magistradas electorales.
Quien sabe si los diputados, o quienes hayan redactado la iniciativa de fecha 17 de marzo del año en curso, tomaron en cuenta el sentido de la sentencia. Como haya sido, pero se nota a kilómetros de distancia un fuerte influencia en la redacción de la pretendida iniciativa de reforma constitucional.
Como decimos párrafos arriba, una indemnización puede ser correcta y justa cuando quienes la piden correspondieron al anhelo democrático y de justicia electoral del pueblo oaxaqueño, y cuando la indemnización fuera acorde a la situación económica y de pobreza.
Lo ofensivo sería cualquier situación contraria, pero además la infinidad de trampas legales para obtenerla. Máxime cuando un cambio de modelo constitucional tiene otros matices.
Además, como bien decía el diputado Jaime Bolaños Cacho Guzmán, presidente de la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales del Congreso del Estado, que los indemnice el Congreso de la Unión, órgano que realizó la reforma por la cual los consejeros no terminaron su periodo, y por la cual los magistrados y las magistradas electorales dejarán de serlo tan pronto como los diputados locales, en la reforma electoral, determinen el número de magistrados del próximo Tribunal Estatal Electoral, que ya no pertenecerá al Poder Judicial.
Bolaños, ¿cambió de opinión? ¿O ni siquiera está enterado de los términos de la iniciativa del 17 de marzo?
¿Y LOS EX CONSEJEROS?
Pues tanto dicha iniciativa, como la del gobernador, refieren derechos laborales para autoridades actuales. No hay una propuesta de norma expresamente para ex consejeros.
Miren, queridos lectores, las indemnizaciones tanto a consejeros como a magistrados electorales siempre se han dado de una manera discrecional. Y quizá sea necesario regularlas. Aunque ello tampoco es garantía para evitar se despachen con la cuchara grande discrecionalmente.
Lo ofensivo es la forma y el monto. O sea, eso de otorgar vía un mandato judicial unaindemnización compensatoria equivalente al “sueldo” que dejaron de percibir durante el tiempo que les faltó para concluir el periodo, no tiene nombre. Una sentencia hasta con alcance igual para quienes la dictaron, como ya lo reconoció el magistrado electoral Patricio Dolores Sierra, aunque dijo que dependerá de la “conciencia” de cada magistrado (a) pedirla.
Pregunta final: En la reforma electoral, ¿los diputados consumarán la puñalada el pueblo de Oaxaca con “salarios” onerosos e indemnizaciones discordantes con la pobreza de nuestra entidad?
***
Correo: rosyrama@hotmail.com
Descubre más desde Rosy Ramales
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.