*.- También beneficiaría a otros prospectos
Rosy RAMALES
Tanto la iniciativa de reforma constitucional en materia político electoral presentada por el gobernador Gabino Cué Monteagudo como la propuesta de iniciativa de fecha 17 de marzo del año en curso, plantean una disposición que abre el paso a la candidatura a Gobernador de Oaxaca a quienes desempeñen cargo de servidor público fuera de nuestro estado.
Se refiere al requisito de vecindad, el cual en la Constitución Política de Oaxaca vigente “no se pierde por ausencia en el desempeño del cargo público de elección popular”. O sea, incluye solamente a los diputados federales y a los senadores.
En ambas iniciativas, citadas en el primer párrafo, se propone la siguiente redacción: “La vecindad no se pierde por ausencia en el desempeño de cargo público de elección popular o de otros cargos públicos”.
Tal adición, “o de otros cargos públicos”, abrirá la puerta a quienes desempeñan funciones públicas fuera de nuestra entidad. Como, por ejemplo, dos de los personajes que están en la ruta para la candidatura a Gobernador de Oaxaca y que actualmente ocupan cargo en el gabinete ampliado del Presidente de México, Enrique Peña Nieto.
Ellos son: El Director General del INFONAVIT, Alejandro Murat Hinojosa, y el Director General de Liconsa, Héctor Pablo Ramírez Puga Leyva; ambos priistas hasta el momento.
El escándalo derivado de las propiedades de la familia Murat Hinojosa en Estados Unidos, y que negaron ante el mismo diario que hizo la publicación, golpeó duramente al hijo del ex Gobernador de Oaxaca con el riesgo de salir definitivamente de la ruta sucesoria de la gubernatura. Sin embargo, ha seguido caminando rumbo al objetivo de la candidatura.
De aprobarse la disposición planteada, también abriría la posibilidad para más hombres y mujeres que se encuentren desempeñando cargo público fuera de nuestra entidad. Por ejemplo, está el caso también de la doctora María de las Nieves García Fernández, actual Comisionada Nacional de Salud, aunque, la también diputada federal con licencia, nunca se ha ausentado definitivamente de Oaxaca.
Y en cuanto a la residencia, que ha sido un tema muy polémico sobre todo respecto de Alejandro Murat, de quien dicen ha tenido su residencia en el Estado de México, donde, incluso, posee un fiat notarial, en ambas iniciativas se plantea incrementar la residencia de tres a cinco años. Pero en este caso, los diputados locales solamente estarían cumpliendo un mandato de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La disposición vigente en nuestra Constitución particular establece que para ser gobernador se requiere “una residencia mínima de tres años” anteriores al día de la elección.
Pero la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ordena que: “Sólo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios…”
Por lo tanto, en las iniciativas en comento, solamente estarían adecuando el texto local al texto de la Constitución Federal. Y así se plantea plasmar en la próxima reforma electoral que para ser Gobernador de Oaxaca se requiere “Ser mexicana o mexicano por nacimiento y nativa o nativo del Estado, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios.”
En una interpretación gramatical, tal disposición hasta podría favorecer a los aspirantes nativos del estado de Oaxaca, que no necesitarían la residencia; salvo que las autoridades electorales hagan una interpretación distinta.
En el caso de Alejandro Murat, a quien algunos de sus oponentes rumbo a la sucesión, le han cuestionado la residencia, sería necesario saber el lugar de su nacimiento para calcular si cumple o no los requisitos de elegibilidad constitucionales.
Y de ello también puede depender su posibilidad o su imposibilidad de contender en el 2016 o hasta el 2018.
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