Los magistrados electorales sí podrían reclamar indemnización, admitió Patricio Dolores

Rosy RAMALES

Los magistrados y magistrada del Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca (TEEPJO) pueden hacer uso del derecho de reclamar indemnización compensatoria, acogiéndose a la sentencia que emitieron para ordenar tal beneficio a favor de ex consejeros electorales, admitió Patricio Dolores Sierra, integrante del pleno de dicho órgano jurisdiccional en materia electoral.

Aunque previamente rechazó que con tal sentencia, los magistrados electorales se hayan blindado previendo que también ellos no terminarán el periodo para el cual fueron electos, pues en virtud de la reforma constitucional federal el Senado de la República nombrará a los nuevos magistrados electorales que integrarán el Tribunal Estatal Electoral, el cual ya no dependerá del Poder Judicial de Oaxaca.

Los magistrados electorales Patricio Dolores Sierra y Luis Enrique Cordero Aguilar y la magistrada Ana Mireya Santos López, propietarios; así como René Hernández Reyes, Narciso Abel Alvarado Vázquez y Tito Ramírez González, suplentes, fueron electos por la anterior Legislatura del Estado para un periodo de ocho años.

Pero la reforma constitucional federal en materia electoral cambió el modelo, y en cuanto el Congreso del Estado homologue la legislación y determine el número de magistrados (3 ó 5) que integrarán el Tribunal Estatal Electoral, el Senado de la República procederá a elegirlos.

Por tal razón, el actual TEE del Poder Judicial de Oaxaca dejará de existir y, en consecuencia, los actuales magistrados electorales dejarán de fungir como tales.

Es en este contexto, se ha dicho éstos magistrados se han blindado al dictar la sentencia con la cual se condena al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (vinculando al Congreso del Estado y a la Secretaría de Finanzas) a otorgar una “indemnización compensatoria” a dos ex consejeros electorales (Juan Pablo Morales García y Leonel Juan Martínez) por la cantidad de dos millones 333 mil 233.33 pesos a cada uno, y que corresponde a los dos años seis meses que les faltó para completar el periodo para el cual fueron electos, al alcanzarlos la reforma electoral federal, que cambió el modelo constitucional para seleccionar a los consejeros electorales.

Es en ese sentido que entrevistamos al magistrado Patricio Dolores Sierra, con quien coincidimos como espectadores en un foro sobre derechos políticos de las mujeres.

__ Ustedes emitieron una sentencia que condena al pueblo de Oaxaca a indemnizar a dos ex consejeros electorales del IEEPCO con más de 2 millones de pesos, ¿en qué se basaron para hacerlo?

__Los ciudadanos (ex) consejeros del Instituto tienen derechos preexistentes, que no afectan pues al pueblo de Oaxaca porque son derechos preexistentes que tienen, digamos, los trabajadores del Estado.

__Pero ellos no son trabajadores.

__Son funcionarios, son servidores públicos como lo maneja la Constitución…

__De órganos autónomos.

__Todos son servidores públicos, como la maneja la Constitución, del Gobierno del Estado, y como tales tienen derechos, derechos mucho más…inclusive, si ya terminaron su periodo no tendrían esos derechos preexistente; sin embargo, ellos fueron sustituidos antes que terminara el periodo, fueron removidos de sus cargos.

__ Pero por una reforma constitucional. Incluso la Sala Superior (del TEPJF) ha establecido que cuando hay un cambio de modelo constitucional no operan las indemnizaciones retroactivas.

__Para los efectos del artículo uno de la Constitución Política Federal son derechos humanos que deben ser protegidos, entones nosotros lo vimos desde ese punto de vista. Y por eso es de que se emitió la resolución de condenar al IEEPCO a indemnizar a estos servidores públicos.

__Pero no condenan al IEEPCO, realmente a la ciudadanía porque el es dinero del pueblo.

__No, no, se condena la Instituto.

__Pero el dinero del Instituto es dinero del pueblo.

__Todo los salarios que se pagan a todos los servidores públicos es dinero del pueblo, pero aquí se está hablando desde el punto de vista constitucional y legal.

__Pero también son constitucionales los impuestos…

__Pues ahí esta la resolución y puede extraerse de(ella) toda la argumentación que se dio para emitirla, inclusive están a salvo los derechos de las instituciones para recurrirlas.

__Los diputados, o algunos de los diputados, no están de acuerdo, no están contentos con esa resolución.

__Pues ya sería situación de ellos, porque les corresponde legislar al respecto, y pues ellos harán, de acuerdo con sus facultades, la disposiciones que tengan que incorporar en la reforma que vayan a realizar.

__Incluso, se ha comentado que también se hizo como una forma de blindarse ustedes y los consejeros actuales.

__De ninguna forma, porque pues nosotros estamos esperando, inclusive, que se haga la reforma constitucional y que se haga el nombramiento por parte del Senado.

__ Pero…

__Será cuestión de cada magistrados que quiera impugnar que no quiera impugnar, pero eso ya es decisión…

__Porque ustedes tampoco van a terminar su periodo, ¿no?

__No vamos a terminar.

__Entonces también podrían pedir la indemnización.

__Podríamos, pero eso ya es decisión de cada uno de nosotros; esto no lleva tendencia pues, porque no nos alcanza, no nos alcanza. No es una decisión que beneficie a nosotros porque no está dictada a favor de los magistrados.

__Pero pueden acogerse a los beneficios.

__Pudiera…el que desee hacer uso de ese derecho lo puede hacer.

__Digamos, ¿qué dependerá de la conciencia de cada quien?

__De cada quien.

Y al preguntarle por qué no consideraron el “el bono de actuación” de 45 mil pesos que al final se dieron los ex consejeros electorales, el magistrado Patricio Dolores Sierra simplemente contestó: “Eso no obra en el expediente”.

 

 


Descubre más desde Rosy Ramales

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *