REDACCIÓN
Sin discusión, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio revés a la reducción de la residencia efectiva de 5 a 3 años para ser Gobernador de Oaxaca, establecida por la actual LXII Legislatura local.
Ello al pronunciarse en el respectivo punto resolutivo del proyecto de sentencia sobre la acción de inconstitucionalidad 53/2015 y sus acumuladas 57/2015, 59/2015, 61/2015 y 62/2015, promovidas por diferentes partidos políticos y diputados de la misma Legislatura inconformes con la reforma aprobada por la mayoría legislativa oaxaqueña.
En la sesión del pleno de este lunes, los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avalaron el resolutivo del proyecto de sentencia del Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena de declarar la invalidez del artículo 68, fracción I, de la Constitución Política de Oaxaca en la porción normativa que dice “o vecino con residencia efectiva no menor de tres años inmediatamente anteriores al día de los comicios”.
Los Ministros sin discusión alguna votaron a favor el punto resolutivo por considerar inconstitucional dicha disposición.
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